
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 03 DE JULIO DE 2026
AÑOS: 215° Y 167°
JURISDICCIÓN CIVIL
CARTEL
SE HACE SABER:
A todas las personas que puedan tener interés subjetivo, directo y actual en la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION presentado la ciudadana: INES DEL CARMEN SALANDY DE PACHECO, abogada en ejercicio e inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 42.966, actuando en este acto como Apoderada Judicial del ciudadano JESUS ENRIQUE PACHECO MERENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.226.646, tal y como se desprende de instrumento Poder inserto en autos, que por auto dictado en esta misma fecha (03/07/2026) este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, ordenó su Emplazamiento mediante la publicación de un CARTEL en un Diario de los de mayor circulación nacional en la región, a los fines de su comparecencia por ante este Juzgado, al décimo (10°) día de despacho siguiente a que conste en autos la publicación y consignación del presente cartel, a objeto de que manifiesten lo que consideren pertinente con respecto a dicha solicitud, quedando entendido que una vez cumplida dicha formalidad la causa quedará abierta a pruebas por diez (10) días, previa citación y opinión favorable del Ministerio Público.
Que el Acta de Defunción que se trata de subsanar, pertenece al ciudadano De Cujus: HENRY PACHECO SOTO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.984.544, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 3346, Libro 21, del año 2025, de los libros de defunción llevados por Registro Civil Municipal, del Municipio Caroní Estado Bolívar. Dicha solicitud de rectificación consiste en que, por sentencia definitiva, se ordene corregir el error que adolece, en el siguiente término: PRIMERO: al momento del levantamiento del acta, por error de transcripción del funcionario escribiente de dicho Registro, asentó de forma incorrecta el número de cedula de identidad del ciudadano JESUS ENRIQUE PACHECO MERENTES, hijo del ciudadano De Cujus, como V-17.726.546, siendo lo correcto “V-16.226.546”.
LA JUEZA
(FDO. Y SELLADO)
MARIENNYS JOSE SALAZAR NORIEGA
LA SECRETARIA,
(FDO.)
YASBILEIDY NAYIBIK SILVA MOSQUEDA
MJSN/ynsm/Mas.-
EXP N° FP11-S-2026-1835




