La declaración de Disolución Estable de Hecho quedo inscrita en el acta Nº 205, Libro Nº 1, año 2022, de los libros de Unión Estable de Hecho de este Registro Civil Municipal Caroní Estado Bolívar.
Que en la solicitud de rectificación de acta de nacimiento presentada por la ciudadana Mariana Sofía Vernola Andriani, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nº V-8.939.932.
Al ciudadano Adrián José Gutiérrez Betancourt, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.617.765, y/o a quien sus derechos represente, que deberá comparecer por ante este tribunal.
A la ciudadana: Dorka Isamar Muñoz Belandria, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.396.788, que este Tribunal ordeno su citación por auto de esta misma fecha.
A todas las personas que puedan tener interés subjetivo, directo y actual en la solicitud de rectificación de acta de matrimonio, presentada por la Ciudadana Milagros Josefina Chacare, venezolana, mayor de edad.
A la ciudadana: Dorka Isamar Muñoz Belandria, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.396.788, que este Tribunal ordeno su citación por auto de esta misma fecha.
Se hace saber a todas las personas que tengan o pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, que este Tribunal admitió la demanda por privación de la patria potestad, incoada por la ciudadana Nancy Mileyda Colmenares Marciales.
Al ciudadano: José Francisco Olivero Carraquel, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.798.878, de este domicilio que deben comparecer por ante este tribunal.