REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto (4°) de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Bolívar,
Sede Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, diecisiete (17) de abril de dos mil veinticuatro (2024)
Años: 213° y 164°
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-J-2022-001330
ASUNTO : FP11-J-2022-001330
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana: MERVIN DESIREE ZAMORA CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.673.228, que con motivo de la solicitud de Divorcio por desafecto e incompatibilidad de caracteres, incoado por el ciudadano ORLANDO CEDEÑO BORGES, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el № 89.329, en representación del ciudadano JESUS RAMON CEDEÑO ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.510.293, en el asunto signado con el Nº FP11-J-2022-001330. Se ordenó su notificación, mediante este cartel, con el objeto de informarle que debe concurrir por ante este Juzgado, dentro de los diez (10) días de despacho siguiente a la constancia hecha en autos del/la secretario (a) de haberse practicado la última de las notificaciones que a las parte se haga, a darse por notificado (o), a los fines de conocer mediante auto expreso la oportunidad fijada para que se proceda a la Audiencia de Mediación en el presente asunto. SE LE ADVIERTE EXPRESAMENTE QUE EL LAPSO DE SU COMPARECENCIA COMENZARA A CONTARSE AL DIA SIGUIENTE DE LA CONSTANCIA EN AUTO POR SECRETARIA (O) DE LA ULTIMA FORMALIDAD CUMPLIDA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 461 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. CUMPLASE.-
Dios y Federación
(FDO. Y SELLADO)
ABG. VICARLI MONTES HERRERA
Jueza Provisoria del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.-
VMH/cb