REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR,
SEDE PUERTO ORDAZ
PUERTO ORDAZ, 02 DE MAYO DE 2024
AÑOS: 214° Y 165°
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-J-2024-000022
ASUNTO : FP11-J-2024-000022
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano: ANTHONIS DAVID MAITA PAVON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.083.066, que con motivo de la solicitud de Ejercicio Unilateral de la Patria Potestad, incoado por el abogado en ejercicio RAFAEL TALY, inscrito en el IPSA bajo el Nº 210.476, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ESTEFANIA GRANADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.511.784, en el asunto signado con el Nº FP11-J-2024-000022. Se ordenó su notificación, mediante este cartel, con el objeto de informarle que debe concurrir por arte este Juzgado, dentro de los diez (10) días de despacho siguiente a la constancia hecha en autos del/la secretario (a) de haberse practicado la última de las notificaciones que a las parte se haga, a darse por notificado (o), a los fines de conocer mediante auto expreso la oportunidad fijada para que se proceda a la Audiencia de Mediación en el presente asunto. SE LE ADVIERTE EXPRESAMENTE QUE EL LAPSO DE SU COMPARECENCIA COMENZARA A CONTARSE AL DIA SIGUIENTE DE LA CONSTANCIA EN AUTO POR SECRETARIA (0) DE LA ULTIMA FORMALIDAD CUMPLIDA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 461 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES. CUMPLASE.-
(FDO. Y SELLADO)
ABG. JAIGLED JAIME IDROGO
Jueza Provisoria del Tribunal Sexto de Primera instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.-
JJI*tg