Este miércoles en rueda de prensa, un equipo técnico de abogados, tributarios y especialistas laborales informaron sobre la creación de un Foro de Defensa Laboral, instancia que servirá para analizar cómo se han venido pagando beneficios como prestaciones sociales y liquidaciones a trabajadores de Guayana, qué faltó en dichos cálculos y qué pasivos tienen las empresas estatales con el personal.
Los voceros de la actividad plantearon que, tal como establece la legislación vigente, los derechos laborales son progresivos e irrenunciables. Bajo esta premisa, aquellos trabajadores que recibieron montos ínfimos tras más de 30 años de trabajo, podrán llevar sus casos y someterlos a revisión para tener evidencia sólida sobre atropellos e irregularidades en estos pagos.
“Este foro atacará todas las irregularidades que se vienen cometiendo. Principalmente, desde la firma del memorándum 2792 en el 2018 que autorizó al sector público a violar los derechos de los trabajadores. Los derechos de los trabajadores son progresivos y todo acuerdo que se lleve en menoscabo de la Constitución nacional es nulo”, expresó Frank Silva, abogado laboral y ex director de la Inspectoría del Trabajo Alfredo Maneiro.
El expreso político, abogado y dirigente laboral Fernando Serrano aseguró que lo que se está abordando es una cuestión constitucional y salarial, que profundizará en más de una década de violaciones laborales que se han traducido en años de hambre para las familias guayanesas.
“Atenderemos al sector público y privado, vamos a recalcular como manda la Constitución. Desde el año de despido en adelante, para el trabajador que emigró, a quienes han jubilado de forma arbitraria pagándole lo que le apetezca al presidente de la empresa… Así como existe un Foro Penal que defiende al preso político, este Foro de Defensa Laboral va a defender a cada trabajador de este país”, aseguró.
Método de cálculo se fundamentará en la legislación vigente
Por su parte, el economista Rafael González, miembro del equipo técnico, acotó que los cálculos se fundamentarán en las leyes laborales y se harán de manera técnica abordando metodología y principios económicos.
“A través de una auditoría científica, hemos logrado rescatar documentos de instituciones venezolanas y organismos que establecen los montos que debieron respetarse en el cálculo de estos derechos. Vamos a trabajar con números publicados por el Estado para hacer los cálculos de manera precisa y retroactiva. Las liquidaciones, vacaciones, despidos, bonos nocturnos… vamos a establecer el monto que verdaderamente debió haberse pagado”, prosiguió.
González presentó el caso de un trabajador que culminó su servicio con una empresa y cuyo salario se refleja solo en 10,71 bolívares por día, situación que escudriñaron económicamente y arrojó un desfase importante en el monto a recibir por el trabajador.
“Eso implica que mensualmente el trabajador gana 300 bolívares, no llega a un dólar. El salario con el que se le liquida es de 95,59 ni siquiera llega a 100 bolívares. 100 bolívares equivalen a 3 mil bolívares mensuales. La liquidación fue con 5 dólares de salario. Eso no alcanza para medio kilo de queso. Hemos ido a buscar las publicaciones oficiales de lo que debió haber sido el salario y basándonos en los principios constitucionales, entonces hacemos el cálculo”, expuso.
Sustentar reclamos laborales ante posible cambio político
Silva manifestó que hay un mandato constitucional, el cual dicta que la realidad priva sobre las formas y apariencias. Esto lo extrapoló a la situación salarial en el país: a pesar de que el sueldo mínimo equivale a 130 bolívares, los trabajadores perciben una serie de bonos permanente que por ser reiterativos deben ser tomados en cuenta en el pago de beneficios.
“Para jubilarte, por ejemplo, toman como referencia el salario mínimo cuando, en realidad, te dan un conjunto de bonos con carácter salarial que deben ser aplicados a los efectos de prestaciones sociales y cada cláusula de carácter contractual. El error es que el salario integral se compone de sueldo, horas extra, bonos, tiempo de viaje… ese es el salario integral y no se toma en cuenta para liquidar a los trabajadores. Nosotros haremos un recalculo para dar asistencia a los trabajadores y que puedan hacer la reclamación administrativa o judicial. ¿Qué pretendemos? En este momento es imposible hacer una reclamación, pero viene un cambio en el país y nos estamos preparando para hacer las reclamaciones respectivas”, ratificó el jurista.
Serrano consideró que actualmente es imposible hacer los reclamos ante la falta de instancias independientes, realidad que ha quedado evidenciada ante la incapacidad de las inspectorías en todo el país de atender los casos; sin embargo, garantizó que de cara a la reinstitucionalización del país es importante adelantar esta documentación.
“En este momento las instituciones están negativas para aplicar el derecho constitucional de este país. ¿Cómo se hará eso? Con un cambio de gobierno. Es necesario que haya nuevas instituciones y que el movimiento sindical acompañado de expertos laborales, asistan a los órganos regionales y nacionales, llámese Tribunal Supremo de Justicia o tribunales laborales, donde vamos a presentar demandas al Estado por el daño causado a la clase trabajadora en los últimos 27 años”, declaró.
Las contrataciones colectivas están vigentes
Ante las dudas sobre cómo legalizar estos cálculos, los especialistas aseguraron que sus números estarán basados en la Constitución y los contratos colectivos que siguen estando vigentes, aunque sean violentados por las autoridades nacionales.
“Las convenciones colectivas están vigentes. El contrato colectivo está vigente hasta que se discuta uno nuevo. Eso ha generado retroactividad de carácter salarial. Ese es el pasivo que vamos a calcular. Todos los contratos están vigentes lo que pasa es que no se les da cumplimiento ni hay organizaciones sindicales legítimas que administren las contrataciones colectivas”, manifestó el abogado Silva.
– Si el salario mínimo está fijado por ley en 130 bolívares, ¿qué van a tomar en cuenta ustedes para hacer el cálculo correspondiente?
– Hay un salario que el gobierno considera mínimo, pero ese no es el salario. ¿Por qué? Porque el salario lo conforman toda esa serie de bonos que da el gobierno y todo lo que recibe el trabajador de forma regular y permanente. Eso es salario. Precisamente, el artículo 89 dice que privará la realidad sobre las formas y apariencias. Lo que ha creado el gobierno es una simulación: simular que los bonos no tienen carácter salarial y sí tienen carácter salarial. Esto va a conformar el salario a la hora de calcular las prestaciones sociales, así como otros conceptos.
Cómo llevar tu caso
Las denuncias estarán siendo recibidas en su oficina ubicada en Alta Vista, Edificio Majo, nivel mezzanina, oficina número 4. Abarcando casos de empleados públicos como privados.
“El Gobierno de Estados Unidos tiene que entender que aquí hay una clase trabajadora que tiene la experiencia y voluntad para sacar nuestras empresas adelante. ¿Va a haber inversión? ¿Van a privatizar las empresas? Pues seremos defensores de que las liquidaciones de los trabajadores formen parte de esas acciones, estamos dispuestos a recuperar las empresas con este equipo técnico y la fuerza de los trabajadores”, cerró Fernando Serrano.










