







El abogado afirma que la crisis por el sismo y la factura de 6.700 mil millones de dólares sepultan el plan del interinato de continuar en el poder.

“Agotado ese período extraordinario, corresponde a la Asamblea Nacional determinar si la ausencia debe considerarse una falta absoluta y activar los mecanismos constitucionales correspondientes”, señaló la organización Laboratorio de Paz.

Gilberto Mayorca cuestionó las irregularidades en la reciente designación de un nuevo fiscal general de la República, al tiempo que analizó lo que establece la Constitución sobre una ausencia del presidente, por cuanto afirmó que en el contexto actual se está ante una falta absoluta y debe convocarse a elecciones.

El dirigente político y alcalde de El Callao advierte que, tras vencerse los lapsos constitucionales el pasado 3 de abril, el país enfrenta un dilema legal que solo se resuelve convocando a elecciones.

Tras cumplirse el plazo constitucional de 90 días, la organización política denuncia un vacío de poder insostenible y emplaza a la Asamblea Nacional y al TSJ a romper el silencio institucional que profundiza la crisis nacional.

Según el artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, cuando se produjere la ausencia absoluta del alcalde o alcaldesa antes de tomar posesión del cargo o antes de cumplir la mitad de su período legal, se procederá a una nueva elección.

En enero, Súmate pidió a los concejos municipales de Independencia y Semprún de los estados Anzoátegui y Zulia declarar la “falta o ausencia absoluta” de los alcaldes, tras haber sido detenidos hace un año.