“Cuando tú condenas a un diario por informar y lo acusas de difamar, como se hizo con El Nacional, y además lo bloqueas para que no pueda divulgar información, no solo se está atacando al medio sino a todas las personas que habitan un país, a las que no se les permite que llegue la información”, indicó el abogado Juan Garantón, que representa legalmente a Editora El Nacional, C.A.
Destacó que a pesar de todo El Nacional sigue informando por la web, que está bloqueada en Venezuela, por lo que el gobierno de Nicolás Maduro quebranta el sagrado y universal derecho a la información, “que lo ha pisoteado por todos estos años”.
Las arbitrariedades, sin embargo, no cesan. Sin justificación alguna se le está impidiendo registrar cualquier trámite, lo que sin duda se trata de un nuevo (o viejo) bloqueo, ahora en las notarías.
“Todos tenemos derecho de comprar y vender, es un derecho constitucional. El Nacional debería poder realizar operaciones comerciales, a traspasar, donar, hacer lo que sea, pues con los bienes el derecho de aprovechar es muy amplio”, señaló.
“Se le está violentando el derecho a disponer de sus bienes, que forma parte del derecho de propiedad, y se le elimina la oportunidad de hacer con su dinero lo que considere adecuado”, agregó.
“Han hecho todo de forma desmedida”
En fecha 11 de agosto de 2015 fue presentada una demanda contra El Nacional por Diosdado Cabello. El Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de mayo de 2018, dictó sentencia definitiva declarando con lugar la demanda de daño moral incoada y condenando a El Nacional al pago de mil millones de bolívares como indemnización, que con el cambio del cono monetario se convirtió tan solo en un bolívar digital. Luego de esto, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia decidió, haciendo uso indebido de la figura del avocamiento, dictar una nueva sentencia y condenó a la Editora El Nacional, C.A. al pago de 237 mil petros (poco más 13 millones de dólares, una moneda digital ahora inexistente).
El Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas practicó el embargo ejecutivo contra la sociedad mercantil Editora El Nacional, C.A., parte demandada en el juicio que por daño moral seguía en su contra Diosdado Cabello. El embargo contra la sede de El Nacional, ubicada en Los Cortijos, se ejecutó la tarde del 14 de mayo de 2021. El cartel de notificación indicó que se cubrió la cantidad de 141.501,24 petros, del total de 237 mil petros que obligó a pagar el Tribunal Supremo de Justicia.
El Tribunal Supremo de Justicia confirmó la condena al rechazar una solicitud de revisión el 22 de julio de 2021. El 27 de enero de 2022, el Tribunal Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas en un irregular y clandestino remate judicial le adjudicó la propiedad de la sede y los lotes de terreno sobre los que está construida a Diosdado Cabello.
“Hay una prohibición de enajenar y gravar hasta cierta cantidad de dinero, pero no debería haber perpetuidad en esta decisión del tribunal. Eso no debería existir”, advirtió Garantón.
“Le amarraron todo a El Nacional para que no pudiera disponer de nada, todo eso se hizo sin que se presentaran fianzas ni preguntaran nada, sino arbitrariamente, sin dar caución”, dijo.
“Han hecho todo de forma desmedida, sin límites, sin aceptar ninguna revisión legal”, agregó.
Abuso de autoridad
Garantón aseguró que con esta decisión arbitraria el tribunal abusa de su autoridad y viola el debido proceso.
Detalló que en el juicio nunca hubo condena penal, por lo que jamás pudo haberse dictado una condena civil. Asimismo se utilizó para determinar los montos una criptomoneda que para cuando se inició el juicio no existía y que ya ha desaparecido del uso en el país.
“Se han mantenido medidas arbitrarias durante casi una década injustificadamente y se le ha hecho mucho daño a la persona jurídica de El Nacional porque no se logró demostrar que Miguel Henrique Otero, como miembro de ese periódico, hubiera incurrido en un delito de difamación, y si no se había hecho ese juicio mal se podía condenar al periódico, como se condenó, sin demostrar que un miembro del mismo hubiese ocasionado el hecho punible que originara unos daños morales gigantescos por los cuales se condenara al periódico y se le prohibiera realizar cualquier operación registral y notarial de una forma absolutamente arbitraria”, manifestó.