domingo, 12 enero 2025
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CIDH declara al Estado responsable del asesinato y tortura de Jimmy Guerrero y Ramón Molina

Por el delito cometido en 2003, la corte ordenó ejecutar las investigaciones y procesos penales en un plazo razonable, así como reparar con prontitud a los familiares de las víctimas. | Foto cortesía

@mlclisanchez

Jimmy Guerrero, de 26 años, y su tío Ramón Molina, de 49 años, fueron asesinados el 30 de marzo de 2003 por funcionarios policiales en el estado Falcón. Por el hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró al Estado venezolano responsable ante la justicia internacional por la violación al derecho a la vida, integridad personal, garantías judiciales y protección judicial de ambas víctimas.

En la última sentencia del caso, emitida a finales de junio 2021, la corte acusó al Estado, además de desatender sus obligaciones para respetar y garantizar el principio de la no discriminación, y omitir la prohibición de actos de tortura. Pues los crímenes que funcionarios policiales cometieron contra Guerrero, los perpetraron con base en preconcepciones de una supuesta peligrosidad de la víctima (lo tildaron de antisocial), y su estrato social.

Guerrero puso tres denuncias ante la Fiscalía, y se presentó dos veces
en la Defensoría del Pueblo para denunciar que, tanto su familia como él,
estaban siendo víctimas de hostigamiento, amenazas y agresiones
por parte de funcionarios policiales

El Estado también violó su obligación de investigar y sancionar los actos de tortura cometidos contra Guerrero, y permitió la obstaculización de la investigación de los hechos.

Este ha sido uno de los pocos casos -entre los muchos que ocurren a diario- que logran llegar a instancias internacionales y en los que se emite una sentencia contra el Estado.

Tareas pendientes del Estado 

Por los delitos, la corte ordenó al Estado venezolano ejecutar las investigaciones y procesos penales en un plazo razonable, para identificar, juzgar y sancionar a los responsables de la muerte, tortura, hostigamiento y amenazas que sufrió Jimmy Guerrero, y el asesinato de Ramón Molina.

También ordenó al Estado realizar los procedimientos necesarios para determinar la responsabilidad de funcionarios estatales que obstaculizaron las averiguaciones del caso, todo en un plazo razonable y de conformidad con el derecho interno.

Además, el Estado debe pagar los gastos de tratamiento psicológico y psiquiátrico a familiares de las víctimas. Y debe publicar tanto la sentencia como su resumen oficial.

El Estado violó su obligación de investigar y sancionar los actos de tortura cometidos contra Guerrero, obstruyó la investigación del delito | Foto Archivo

La corte determinó que el Estado debe pagar becas de estudio a los hijos de las víctimas. Y cumplir con otras responsabilidades detalladas en la sentencia.

A raíz de lo sucedido, la corte ordena al Estado publicar un informe anual con datos sobre las muertes producto del abuso de fuerzas policiales, detallado por estados, y con la identificación de cada víctima. Tarea que hasta el momento han realizado organizaciones defensoras de derechos humanos.

La madrugada de ese 30 de marzo de 2003, Guerrero, Molina y una tercera persona que sobrevivió, detuvieron el vehículo donde iban frente a una licorería ubicada en Santa Irene, Punto Fijo. Guerrero se bajó para comprar, cuando otro vehículo lo interceptó. Del carro se bajaron dos funcionarios policiales, uno de ellos le disparó dos veces a Guerrero, y el otro disparó dentro del auto donde estaban Molina y la otra persona. El sobreviviente vio cómo, luego de asesinado, un policía pateó el cuerpo de Guerrero y luego lo arrastró por la calle.

Luego de los crímenes, el mismo 30 de marzo de 2003, la Fiscalía 6 de Falcón abrió la investigación, pero entre ese año y 2007 muchas diligencias judiciales no llegaron a concretarse, y las que sí se hicieron de forma tardía, relata la corte.

El caso avanzó con lentitud y no pocas trabas, menoscabando el debido proceso. En 2016 se emitió una orden de aprehensión contra un policía que no se concretó. Al año siguiente, el mismo policía se presentó voluntariamente y fue imputado por homicidio. Sin embargo, ese mismo año la Fiscalía 17 solicitó la suspensión de la causa por falta de pruebas (sobreseimiento). Más de 14 años transcurrieron, y el proceso judicial no determinó las responsabilidades sobre el caso.

La CIDH consideró que el ensañamiento que tuvieron los policías al momento de asesinar a Guerrero y a su pariente, es un reflejo de la letalidad policial que se comete contra hombres jóvenes en situación de pobreza, toda vez que los victimarios estaban convencidos de que cometer el delito no traería consecuencias. “Esta conducta dio cuenta de un trato denigrante, que denotó una lesión al derecho a la integridad personal”, versa la sentencia.

Nunca tuvo protección judicial 

Antes de ser asesinado, Jimmy Guerrero fue apresado arbitrariamente por cuerpos policiales en dos ocasiones entre 2002 y 2003, sin que existiese evidencia de que estuviese cometiendo algún delito en el momento de la detención y sin previa orden judicial. A la víctima tampoco se le comunicó en ningún momento las razones de su arresto y tampoco fue llevado a las autoridades judiciales. Todo esto es una clara violación de los derechos a la libertad personal e integridad personal.

Durante la última detención, Guerrero estaba en su casa cuando funcionarios policiales entraron a la fuerza, lanzaron gas lacrimógeno, y le propinaron varios golpes con un palo en todo el cuerpo mientras lo apuntaban con una pistola. Luego le pusieron un paño en la cabeza para tapar su campo visual y le dieron una patada en un ojo, mientras le decían “antisocial”. Por esto, el tribunal concluyó que la víctima fue sometida a tortura.

La CIDH consideró que el ensañamiento que tuvieron los policías al momento
de asesinar a Guerrero y a su pariente, es un reflejo de la letalidad policial
que se comete contra hombres jóvenes en situación de pobreza, toda vez
que los victimarios estaban convencidos de que cometer
el delito no traería consecuencias

Guerrero puso tres denuncias ante la Fiscalía, y se presentó dos veces en la Defensoría del Pueblo para denunciar que, tanto su familia como él, estaban siendo víctimas de hostigamiento, amenazas y agresiones por parte de funcionarios policiales. En ninguna de las ocasiones contó con protección judicial, ni hubo investigación de los hechos.

La corte determinó que la privación de libertad, torturas y agresiones que recibió Guerrero, no solo tuvieron consecuencias físicas para él, sino también psicológicas. Determinó que las agresiones al momento de la última detención de Guerrero se hicieron con severidad e intencionalidad.

Reconocimientos a medias 

La CIDH ordenó al Estado publicar un informe anual con datos sobre las muertes producto del abuso de fuerzas policiales | Foto William Urdaneta

Aunque el Estado reconoció su responsabilidad internacional ante los crímenes cometidos, y se comprometió a cumplir con las reparaciones integrales que corresponden a cada caso, no reconoció de forma expresa la desatención de la prohibición de actos de tortura y su responsabilidad de investigar esos delitos.

La corte estableció que el asesinato y la tortura cometidos contra Jimmy Guerrero implicaron un acto de discriminación por la edad de la víctima y su condición de pobreza, pues ambos elementos son condiciones que adquieren protección contra la discriminación según el artículo 1.1 de la Convención Americana.

Pero el Estado tampoco reconoció que los crímenes que cometieron funcionarios públicos lo hicieron motivados por preconceptos de supuesta peligrosidad de la víctima y violando la prohibición de discriminación. Aún así, la corte espera pronunciarse sobre las reparaciones a las víctimas que el Estado debe cumplir.

Incumplimiento del Estado 

La corte determinó que el Estado incumplió sus obligaciones al permitir la falta de seguimiento a la averiguación del caso, demoras en la presentación de las pruebas y la falta de diligencia ante las irregularidades que giraban en torno al caso. Una de esas irregularidades es precisamente el hecho de que muchas áreas de la investigación, estuvieron a cargo de entidades a las que pueden pertenecer los policías involucrados en los crímenes y tortura.

El Estado también obstaculizó la investigación, e impidió la participación de los parientes de las víctimas. Muchas de las acciones de investigación solicitadas por autoridades a cargo no se hicieron, y las que sí se hicieron fue de forma tardía. Las solicitudes de información hecha por familiares de Jimmy Guerrero no fueron atendidas.

Y, además, pese al conocimiento de las autoridades, no hubo quien prestara atención a las denuncias de hostigamiento y amenazas de muerte.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró al Estado venezolano responsable ante la justicia internacional por la violación al derecho a la vida, integridad personal, garantías judiciales y protección judicial de ambas víctimas

Las muertes causadas por funcionarios policiales y militares son una deuda de larga data del Estado venezolano y ha sido ampliamente documentado por distintos organismos internacionales como la OEA y ONU.

En mayo de este año, la oposición venezolana entregó a la Organización de Estados Americanos (OEA) su informe anual 2020, donde contabilizan 299 ejecuciones extrajudiciales de personas que estaban bajo custodia del Estado, en las cárceles.

Por otro lado, la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha contabilizado más de dos mil ejecuciones extrajudiciales solo desde 2014, y la mayoría de las víctimas son jóvenes de bajos recursos.

En el informe 2020 de la Organización de Naciones Unidas (ONU), el organismo instó al Estado venezolano a rendir cuentas por crímenes de lesa humanidad. Este informe investigó 233 casos de ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y tortura. Los asesinatos investigados fueron perpetrados por las Fuerzas Armadas Especiales (FAES) y la Policía Nacional Bolivariana (PNB).

En las entrevistas, los funcionarios de estos cuerpos de seguridad admitieron ante la ONU que es una práctica común encubrir los asesinatos plantando armas para simular enfrentamientos, y que los superiores autorizaban a los funcionarios para matar.

Jimmy Guerrero acudió tres veces a Fiscalía y dos veces a Defensoría del Pueblo para denunciar hostigamiento y amenazas de muerte. No fue escuchado