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Expediente Nº 22031-21

A todas las personas que puedan tener interés subjetivo, directo y actual en la solicitud de rectificación de acta de defunción, presentado por el Ciudadano: José Moreno Guevara, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 143.635.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

PUERTO ORDAZ, 09 DE MARZO DE 2.022

AÑOS: 210º Y 161º

JURISDICCIÓN CIVIL

CARTEL

SE HACE SABER:

A todas las personas que puedan tener interés subjetivo, directo y actual en la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION, presentado por el Ciudadano: JOSE MORENO GUEVARA, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 143.635, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano GONZALEZ CARREÑO ISIDRO BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.942.429, que por auto dictado en esta misma fecha (09/03/2022) este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, ordenó su Emplazamiento mediante la publicación de un CARTEL en un Diario de los de mayor circulación de la Capital de la República, a los fines de su comparecencia por ante este Juzgado, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos la publicación y consignación del presente cartel, a objeto de que manifiesten lo que consideren pertinente con respecto a dicha solicitud, quedando entendido que una vez cumplida dicha formalidad la causa quedará abierta a prueba por diez (10) días, previa citación y opinión favorable del Ministerio Público. Dicha solicitud de rectificación consiste en que por sentencia definitiva se ordene la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION antes descrita en el sentido, de que se subsane los errores que adolecen en los siguientes términos: “Que en forma equivocada se estableció que la Ciudadana SONIA ZOLZANO DE GONZALEZ, ya identificada, dejó tres (03) hijos: “DARWIN JESUS, WILIAM ANTONIO Y JOSE ANTONIO”, siendo lo correcto que dejó dos (2) hijos: “DARWIN JESUS Y WILIAM ANTONIO”.

EL JUEZ

(FDO. Y SELLADO)

LUIS E. GONZALEZ M.

LA SECRETARIA,

(FDO.)

ROTSY F. CURRA M.

LEGM/rfcm/Hernández R.-

EXP. Nº 22031-21

ASIENTO Nº 15