REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 05 de febrero del 2025
Αñο 213° у 164°
CARTEL
SE HACE SABER:
Que la solicitud presentada por la ciudadana ADA MARIA ARTEAGA URDANETA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-25.083.590, requiere la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION del causante: ELI JESUS ARTEAGA por sentencia definitiva, dada la omisión incurrida por el Registro Civil del Municipio Caroní del estado Bolívar, al levantar la referida acta civil, inserta bajo el Acta N° 2611, Libro N° 13, del Año 2024, de los Libros de Registro Civil llevados por ese Despacho.
La solicitante señala al tribunal que el acta de defunción del causante Eli Jesús Arteaga, adolece de la siguiente omisión “(…) allí se identificó mi persona la ciudadana ADA MARIA ARTEAGA URDANETA como única hija del difunto, siendo esto incorrecto por cuanto su legitimo hijos también son los ciudadanos LILIBETH DEL VALLE ARTEAGA PRESIDIA, ELI JESUS ARTEAGA PRECILLA, JEIVIS VANESSA ARTEAGA PRECILLA Y ENIEL JESUS ARTEAGA PRECILLA mayores de edad titulares de las cedulas de identidad V-17.288.070 V-27.470.984 V-18.077.334 V-23.530.113 los ciudadanos anteriormente no fueren agregados y en total somos 5 hermanos y no solo una hija, como fueron redactados en el acta de defunción de mi padre (…)”.-
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, se hace pública y notoria tal solicitud, a fin de que si hubieren personas que puedan verse afectadas o tengan algún interés en la solicitud, concurran por ante este Tribunal al décimo (10°) día de Despacho siguiente a la publicación en un diario de amplia circulación nacional, consignación y fijación en la puerta del Tribunal que del presente cartel se haga, para que hagan oposición a la misma, si fuera el caso.
LA JUEZA
(FDO. Y SELLADO)
ANDREINA ROSALES QUINTERO
LA SECRETARIA ACC
(FDO.)
MORENIS RIVAS
AR/mr/ec
Expediente 9363-25