REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 20 de Septiembre de 2023
Año 213° y 164°
CARTEL
SE HACE SABER:
Que la solicitud presentada por el ciudadano: REINALDO DE JESUS TROISI DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-5.555.385, asistido por el abogado Roy Almerida, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 302.982, requiere la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadano; REINALDO DE JESUS TROISI DELGADO; por sentencia definitiva, dadas las omisiones incurridas por el Registro Civil Principal estado Bolívar, al levantar el Acta de Nacimiento, inserta bajo el Acta N° 3670, folio 74 del Año 1959, de los Libros de Registro Civil de Nacimientos n° 10 (Duplicado) llevados por ese Despacho, en donde por error de transcripción, se observa se transcribió de forma incorrecta el nombre de la madre, lo hicieron de la siguiente manera; “(…) la ciudadana: YSABEL DELGADO (…)”, siendo lo correcto de la siguiente “(…) la ciudadana: ANA ISABEL DELGADO (…)”.-
Que se hace pública y notoria tal solicitud, a fin de que si hubieren personas que puedan verse afectadas o tengan algún interés en la solicitud, concurran por ante este Tribunal al décimo (10°) día de Despacho siguiente a la publicación en un diario de amplia circulación nacional, consignación y fijación en la puerta del Tribunal que del presente Cartel se haga, para que hagan oposición a la misma, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil Vigente.
LA JUEZA
(FDO. Y SELLADO)
ANDREINA ROSALES QUINTERO
LA SECRETARIA
(FDO.)
GRECIA MARCANO
AR/gm/pb
Expediente 8865