REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRANSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
Puerto Ordaz, 09 de agosto de 2023
AÑOS: 212º Y 163º
CARTEL DE CITACIÓN
SE HACE SABER
A los ciudadanos EDUARDO JOSÉ DE FREITAS GONCALVES, FRANCISCO ENRIQUE DE FREITAS GONCALVES Y JUAN GABRIEL DE FREITAS GONCALVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad numero V-12.359.328, V-14.509.705 y V-11.514.844, en ese mismo orden, y/o a quien sus derechos represente, que deberá comparecer por ante este Tribunal en un plazo de QUINCE (15) DÍAS DESPACHO y que se contarán a partir del día siguiente a la fijación y última consignación de la publicación que del presente cartel se haga en el expediente Nº 21.660, a los fines de que se dé por citado en el Juicio que lleva este Tribunal por Tacha de Falsedad, que ha incoado las ciudadanas Francis Montserrat Lopes López y Nieves María de los Ángeles Lopes López, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad numero V-21.234.371 y V-26.562.613, en ese mismo orden, contra la empresa Súper Cauchos Puerto Ordaz, C.A., debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Primero del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, de fecha 30-06-2003, expediente numero 29642, numero 31, tomo 19-A-pro, en la persona de sus representantes legales, y los ciudadanos Eduardo José de Freitas Goncalves, Francisco Enrique de Freitas Goncalves y Juan Gabriel de Freitas Goncalves, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad numero V-12.359.328, V-14.509.705 y V-11.514.844, en ese mismo orden.
Se le advierte que de no comparecer en el término antes señalado, el Tribunal procederá a designarle DEFENSOR con quién se entenderá la citación.
Un cartel igual a este será fijado por la Secretaria en la morada, oficina o negocio de la parte demandada.
La publicación por la prensa del presente cartel se hará en los diarios “Correo del Caroní” y “Diario de Guayana” con intervalos de TRES (03) DÍAS entre uno y otro, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
(FDO. y SELLADO)
LUIS ENRIQUE GONZALEZ MACHADO
LA SECRETARIA
(FDO.)
MARLIS TALY LEON
Exp. 21660
LEGM/mtl/dicsy