REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROSCIO Y EL CALLAO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

Guasipati, 22 de mayo de 2024.-
212° Y 165°

ASUNTO PRINCIPAL: 21.745.
ASUNTO: C-011-2024.

BOLETA DE CITACIÓN
SE HACE SABER:

A la ciudadana: KARLIUMAR DESIREC YORIS REYES, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.289.975, parte demandada, que con motivo del juicio que por: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, según expediente signado con el N° 21.745; incoado contra usted por el ciudadano: ÁNGELO RAFAEL VELÁSQUEZ DE SALVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.901.752; por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar y por auto de esta misma fecha, este Tribunal ordena que debe comparecer por ante ese Juzgado, dentro de los quince (15) días siguientes contados a partir de la publicación más dos (02) días como termino de distancia, consignación y fijación que del presente cartel se haga, a darse por citado. A los fines de dar su contestación a las pretensiones establecidas por la demandante, en el horario comprendido de 8:30 A.M. a 3:30 P.M.
Se le advierte que, si no comparece en el lapso antes señalado, se le designará Defensor Judicial con quién se entenderá la citación y demás diligencias del presente proceso hasta su terminación. El presente cartel deberá ser publicado en el diario Primicia y Correo del Caroní, ambos editados en la ciudad de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del estado Bolívar, con el intervalo de ley en letra grande y con una dimensión que facilite su lectura.
Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 223 y 227, segundo aparte del Código de Procedimiento Civil, en cumplimiento de las Garantías establecidas en los artículos 7, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.

El Juez Provisorio
(FDO. Y SELLADO)
Abg. Henrrys H. Ferrer P.

La Secretaria
(FDO.)
Abg. Geomira Duque Fericelli

Exp. 21.745

