REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación, Sustanciación Y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Edo. Bolívar, Sede Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, 12 de diciembre de 2023
Años: 213º y 164°
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-V-2023-000561
ASUNTO : FP11-V-2023-000561
EDICTO
Se hace saber:
A todas las personas que tengan o pudieran tener interés directo y manifiesto en el juicio que por ACCION MERODECLARATIVA incoada por la ciudadana TANIA YULMIRA GUTIERREZ MOSQUERA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-15.477.999, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MARY OJEDA, inscrita en el IMPREABOGADO bajo el Nº 34.026, en contra de los ciudadanos MARCOS DE JESUS LISI GUTIERREZ y VITTOR ORLANDO LISI GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad, V-26.829.449 y V-30.884.577, respectivamente, así como de los niños, niñas y adolescentes (se omite su identidad conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el expediente N° 130318, de fecha 12 de Noviembre del año 2013 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), que deberán comparecer ante este Tribunal, a hacerse parte en el presente proceso, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que conste en el expediente, el auto expreso del Tribunal mediante el cual haya fijado el día y la hora para que tenga lugar la fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, en horario comprendido desde las ocho y treinta de la mañana (8:30 AM) hasta las tres y treinta de la tarde (03:30 PM).
El presente edicto deberá publicarse por una sola vez, en un diario de mayor circulación local, de conformidad con lo previsto en el artículo 507, numeral 2 del Código Civil, en concordancia con el artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
La publicación y consignación del presente edicto deberá ser realizada dentro del plazo de treinta (30) días consecutivos siguientes a la fecha de su expedición, so pena de nulidad del mismo.
(FDO. Y SELLADO)
ABG. JOSE GREGORIO BONILLO
Juez Provisorio del Tribunal Primero De Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
(FDO.)
ABG. KRISMAR GARCIA
Secretario
JB/luisa