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Asunto principal: FP11-J-2023-000886

Que con motivo de la Solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por la ciudadana Yamile Chaliche Bouride, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.014.605, asistida por la abogada Aurisnel Clisánchez.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas

y Adolescentes del Circuito Judicial del Edo. Bolívar, Sede Puerto Ordaz

Puerto Ordaz, 06 de julio de 2023

Años: 212º y 163º

ASUNTO PRINCIPAL        :FP11-J-2023-000886

ASUNTO                        :FP11-J-2023-000886

 EDICTO

Se hace saber:

Que con motivo de la Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana YAMILE CHALICHE BOURIDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.014.605, asistida por la abogada AURISNEL CLISANCHEZ, en su condición de defensora publica en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en interés de la adolescente (identidad omitida en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por ante este Tribunal se ha acordado la Publicación del presente CARTEL conforme al Articulo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a toda persona que tenga interés directo y manifiesto en la presente solicitud y puedan verse afectados sus derechos en la misma, a fin de que comparezcan a la Audiencia Preliminar, para formular sus oposiciones y defensas que ha bien tengan, en la referida audiencia, y que la Audiencia se procederá a fijar una vez conste en auto la notificación del Fiscal del Ministerio Publico, y la constancia efectuada por el secretario en el presente juicio.-

El presente cartel deberá ser publicado en un diario de circulación nacional y/o local, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 516 en concordancia con el artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

(FDO y SELLADO)

ABG. JOSE GREGORIO BONILLO

Juez Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

 

JB/Luisa

 

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