domingo, 9 febrero 2025
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Asunto principal: FP11-J-2022-000688

Que con motivo de la Solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por la ciudadana Yenny del Valle Millán Lereico, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.803.750, actuando en su condición de madre y representante legal de su hija.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAPODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Edo. Bolívar, Sede Puerto Ordaz

Puerto Ordaz, 16 de junio de 2022

Años: 212º y 162º

ASUNTO PRINCIPAL        :FP11-J-2022-000688

ASUNTO                        :FP11-J-2022-000688

CARTEL UNICO DE NOTIFICACION

Se le hace saber:

Que con motivo de la Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana YENNY DEL VALLE MILLAN LEREICO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.803.750, actuando en su condición de madre y representante legal de su hija (identidad omitida en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), debidamente asistida por la abogado en ejercicio YANIRA IDROGO inscrita en el IPSA bajo el Nº 223.377, mediante la cual solicita RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, por ante este Tribunal se ha acordado la Publicación del presente CARTEL conforme al artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a toda persona que tenga interés directo y manifiesto en la presente solicitud y puedan verse afectados sus derechos en la misma, a fin de que comparezcan a la Audiencia Preliminar, para formular sus oposiciones y defensas que ha bien tengan, en la referida audiencia, y que la Audiencia se procederá a fijar una vez conste en auto la notificación del Fiscal del Ministerio Publico, y la constancia efectuada por la secretaria en el presente juicio.-

El presente cartel deberá ser publicado en un diario de circulación nacional y/o local, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 516 en concordancia con el artículo 461 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

(FDO. Y SELLADO)

ABG. LIBNI SUSANA BRAZON RICARDES

Jueza Provisoria del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación,

Ejecución y Régimen Procesal Transitorio.-

 

LB.MR.ayv

 

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