martes, 21 enero 2025
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Asunto: FP11-J-2023-000293

Que con motivo de la Solicitud de rectificación de partida de nacimiento, presentada por la ciudadana María Carolina Aray Ciaccia, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.223.577.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz

Puerto Ordaz, 07 de marzo de 2023

Años: 212º y 163º

ASUNTO PRINCIPAL:           :FP11-J-2023-000293

ASUNTO                             :FP11-J-2023-000293

 

CARTEL UNICO DE NOTIFICACION

Se le hace saber:

Que con motivo de la Solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana MARIA CAROLINA ARAY CIACCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.223.577, debidamente asistida por la abogada AURISNEL CLISANCHEZ, Defensora Publica Provisoria Cuarta en materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, extensión Puerto Ordaz, Estado Bolívar, a beneficio del adolescente: (identidad omitida en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), mediante la cual solicita RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, por ante este Tribunal se ha acordado la Publicación del presente CARTEL conforme al Articulo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a toda persona que tenga interés directo y manifiesto en la presente solicitud y puedan verse afectados sus derechos en la misma, a fin de que comparezcan a la Audiencia Preliminar, para formular sus oposiciones y defensas que ha bien tengan, en la referida audiencia, y que la Audiencia se procederá a fijar una vez conste en auto la notificación del Fiscal del Ministerio Público, y la constancia efectuada por el secretario en el presente juicio.-

 

(FDO y SELLADO)

ABG. ANN NATHALY MARQUEZ

Jueza Provisoria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

 

ANM/tg.

 

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