martes, 18 febrero 2025
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UCAB advierte que no son desplazados los que salen del Catatumbo

El CDH UCAB hace un llamado al Estado venezolano para que otorgue tratamiento de refugiadas a los ciudadanos que huyen del conflicto en el Catatumbo colombiano.

El Centro de Derechos Humanos de la UCAB (CDH UCAB) emite un comunicado en el que se ofrecen consideraciones sobre la situación de las más de mil personas que han llegado a Venezuela, desde el 16 de enero, huyendo del conflicto armado en la región colombiana del Catatumbo, el cual ha dejado más de 80 muertos.

Desde la expulsión masiva de personas de nacionalidad colombiana por parte del Gobierno de Venezuela en agosto de 2015 se redujo drásticamente el flujo desde Colombia hacia Venezuela y, de manera simultánea, comenzó la salida de personas venezolanas. Desde entonces no se veía un fenómeno de huida de personas colombianas a Venezuela, como se comenzó a observar a partir del 16 de enero.

En noviembre de 2024, el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH UCAB) realizó una visita de trabajo a la ciudad de Cúcuta, departamento del Norte de Santander, Colombia.

En las entrevistas realizadas a diversos actores en la zona, la inminencia de un conflicto armado entre grupos irregulares era un secreto a voces. Pudimos escuchar audios de trabajadores humanitarios haciendo llamados alarmantes y conocimos el alerta temprana emitido por la Defensoría del Pueblo de Colombia, al tiempo que los gobernadores de los departamentos de La Guajira y Norte de Santander solicitaban al gobierno central la declaratoria de una emergencia migratoria, en prevención de lo que podría pasar en Venezuela a comienzos de 2025.

Ahora que el conflicto es un hecho, se estima que unas mil colombianos habían llegado a Venezuela hasta el 20 de enero, principalmente al estado Zulia, procedentes del Catatumbo.

No son desplazados, son refugiados

El CDH UCAB considera relevante advertir que quienes llegan a territorio venezolano no son desplazados, como ha sido informado por algunos medios de comunicación, autoridades y organizaciones.

Quienes llegan a Venezuela huyendo del conflicto armado en Colombia son refugiados que requieren protección internacional, pues sus circunstancias de huida encuadran en lo previsto en la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de 1951 y la Declaración de Cartagena de 1984.

En el pasado, el Gobierno de Venezuela acuñó el término de “desplazados en tránsito” para referirse a la población colombiana que llegaba a Venezuela huyendo del conflicto. Se trata de un concepto inexistente en el derecho internacional sobre refugiados y se presta a la evasión de las responsabilidades que le corresponden al Estado venezolano en esta materia.

Es oportuno también recordar que la definición de refugiado es declarativa, tal como lo ha establecido la oficina del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, lo cual significa que “una persona es un refugiado si cumple los criterios recogidos en la definición. Esto significa que el cumplimiento de dichos criterios ha de ser previo a la determinación formal de su condición de refugiado. Hasta que se produzca dicha determinación, se debe partir de la hipótesis de que las personas que han cruzado una frontera internacional para huir del riesgo de sufrir un daño grave en su país de origen son refugiados, y deben ser tratados como tal”.

El CDH UCAB hace un llamado al Estado venezolano para que otorgue tratamiento de refugiadas a los ciudadanos que huyen del conflicto en el Catatumbo colombiano.

En tal sentido, el Estado debe brindar a estas personas protección, garantías de no devolución, acceso a derechos, resguardo frente a posibles ataques de grupos irregulares y salvaguarda ante retornos no voluntarios.

En estas circunstancias, la hospitalidad es un deber. Rechazamos los comentarios xenófobos y revanchistas que pretenden comparar con expresiones negativas las tragedias migratorias de Venezuela y Colombia. La migración y el refugio son derechos y todos estamos llamados a defenderlos para que se hagan realidad, dentro y fuera de nuestras fronteras.

Por otra parte, la responsabilidad de protección es un asunto de Estado y no debe trasladarse a las autoridades locales. Es necesario que Venezuela, en coordinación con la cooperación internacional, destine los recursos necesarios para hacer frente a esta emergencia humanitaria desde un enfoque de derechos.