martes, 3 diciembre 2024
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TSJ margina al chavismo disidente y profundiza dudas sobre transparencia y confiabilidad de las elecciones

La ONG Acceso a la Justicia analizó dos casos de partidos del chavismo disidente, donde el TSJ ignora sus peticiones, relacionadas con denuncias en las que los excluyen de los venideros comicios del 21 de noviembre.

En las últimas semanas la ONG Acceso a la Justicia tiene conocimiento de al menos dos casos en que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ignora las denuncias del chavismo disidente en época electoral.

La ONG señala que el primer caso ocurrió el pasado 16 de septiembre, cuando la Sala Constitucional (SC) en su sentencia N° 453 desechó un amparo que el presidente del Partido Revolucionario del Trabajo (PRT), Otto Van Der Velde, le presentó en septiembre del año pasado, el cual iba dirigido contra el Consejo Nacional Electoral (CNE).

“Van Der Velde acusó al organismo comicial de violar el artículo 51 constitucional, el cual prevé el derecho de los ciudadanos de ‘dirigir peticiones’ a los organismos del Estado, por no dar respuesta a las solicitudes que introdujo a lo largo de 2020 para conseguir que esa instancia permitiera a su organización participar en las elecciones parlamentarias que se celebraron el 6 de diciembre del año anterior”, detalló.

“La intérprete de la Carta Magna desechó la petición alegando que esta no era la acción correcta a ejercer. No queda claro por qué en este caso concreto, dada la gran urgencia de obtener respuesta en vista del corto plazo para que se celebraran las elecciones, la SC consideró que el amparo no era el medio adecuado, cuando no hay otro más rápido. Más grave aún es que la propia sala se demoró un año en responder a la solicitud del accionante, es decir, mucho después de haber ocurrido el evento electoral en el que PRT pretendía participar”, explica Acceso a la Justicia.

Destaca que, a pesar de la falta de oportuna respuesta al amparo por parte de la SC, esta indica que, ante la ocurrencia de los comicios parlamentarios de diciembre 2020, el amparo también es inadmisible porque no pueden retrotraerse las circunstancias fácticas al estado que tenían antes de interponerse la petición de tutela constitucional.

Otro caso de lentitud

Un día después de la sentencia de la SC, la Sala Electoral (SE) emitió una sentencia en la cual rechazó conocer un amparo que el exministro de Comercio, Eduardo Samán, introdujo dos días antes contra la decisión del CNE de impedirle postularse para el cargo de alcalde de Caracas en las venideras elecciones regionales y municipales del 21 de noviembre. Samán fue postulado por el Partido Comunista de Venezuela (PCV).

Detalla Acceso a la Justicia que en la sentencia N° 44 del 17 de septiembre de 2021, la SE decidió remitirle a la SC el expediente, en virtud de que el numeral 22 del artículo 25 de la Ley Orgánica del TSJ le atribuye a dicha sala la facultad para conocer los amparos constitucionales en materia electoral, respecto de los “actos, actuaciones y omisiones del Consejo Nacional Electoral, de la Junta Electoral Nacional, de la Comisión de Registro Civil y Electoral, de la Comisión de Participación Política y Financiamiento, así como de los demás órganos subalternos y subordinados del Poder Electoral”.

La Sala Electoral se declaró incompetente y casi un mes después, la SC sigue sin emitir un pronunciamiento, mientras que quedan menos de tres semanas para dichos comicios.

Samán, quien fue ministro del Comercio en 2009 y también presidente del extinto Instituto Nacional para la Defensa de las Personas al Acceso a Bienes y Servicios (Indepabis), inscribió su candidatura a la Alcaldía de Libertador por el PCV y la Alternativa Popular Revolucionaria (APR). Sin embargo, el 5 de septiembre el CNE le informó que no podía inscribirse por estar inhabilitado, una sanción que el afectado dijo desconocer, agregó la ONG.

Acceso a la Justicia denuncia que el sector oficial ha venido haciendo uso de las inhabilitaciones, no desde ahora, para sacar del juego a potenciales rivales electorales.

Cabe destacar que, en ambos casos, el PRT y el PCV son organizaciones políticas que de ser adeptos al oficialismo se deslindaron del gobierno de Nicolás Maduro.

Esta no es la primera vez que aplican este tipo de represalia a la disidencia.

En 2007, el Partido por la Democracia Social (Podemos) se deslindó del oficialismo y en septiembre de 2012, a un mes de las elecciones presidenciales de ese año, la SC intervino a esta organización y puso al frente de ella al exgobernador de Aragua y actual diputado, Didalco Bolívar. “Esto a pesar de que el escogido tenía cuentas con la justicia, por presuntos hechos de corrupción. Tres años después el Movimiento Electoral del Pueblo (MEP) también fue intervenido por el máximo juzgado”.

En 2020 hicieron lo mismo en vísperas de las elecciones legislativas con los partidos Patria Para Todos (PPT) y Tendencias Unificadas Para Alcanzar Movimiento de Acción Revolucionaria Organizada (Tupamaro).

“Pero la justicia no solo ha ignorado o respondido tardíamente peticiones de formaciones disidentes del chavismo, sino que ha tomado otras decisiones contra ellas para silenciarlas o neutralizarlas, en especial en vísperas de procesos electorales”, acota la ONG.

De acuerdo con el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) desde 2013, 44 dirigentes oficialistas críticos con el Gobierno han sido víctimas de algún tipo de medida en su contra, y 16 de ellos están o han estado presos. Entre los afectados figuran el excandidato a la Alcaldía de Caracas y fundador de Marea Socialista, Nicmer Evans, y el exalcalde de Maturín, Numa Rojas.

Para Acceso a la Justicia, “los casos del PRT y de Eduardo Samán revelan la situación de indefensión en la que están los ciudadanos, y siembran más dudas sobre la transparencia y confiabilidad del venidero proceso comicial del 21 de noviembre”. (Con información de Acceso a la Justicia)