La Ley Orgánica para la Inclusión, Igualdad y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad (Lopiidipd) ya fue publicada en Gaceta Oficial, luego que fuera aprobada en marzo y promulgada el pasado 27 de junio, declarándose la constitucionalidad de este instrumento jurídico desde marzo del año en curso.
Explicó Tirsa Martínez, coordinadora del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) en Bolívar, que el instrumento regula aspectos como el derecho al trabajo, la distribución de espacios y el acceso seguro, entre otros ítems, y deroga la ley para las Personas con Discapacidad publicada en 2007.
“Esta ley tiene por objeto regular los medios y mecanismos que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, el disfrute de los derechos humanos y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia”, señala el documento.
El nuevo texto legal cuenta con 112 artículos, una disposición transitoria y dos disposiciones derogatorias, eliminando la ley anterior y una disposición final también única, en la cual se determina una ley innovadora que permitirá desarrollar los ítems pendientes en la pasada ley.
Resaltó Martínez que buscan fomentar la igualdad, la no discriminación y la inclusión de personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida nacional. “La ley establece derechos y deberes tanto para las personas con discapacidad como para el Estado, la familia y la sociedad”, destacó.
La vocera explicó que la Lopiidipd contiene sanciones que incluyen multas -que dependiendo del supuesto- pueden superar los 2 nil dólares, la clausura temporal de establecimientos, asistencia a sesiones de capacitación y concientización en materia de discapacidad, además de la inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones.