El pasado 29 de junio, Nicolás Maduro pretendió convencer a los partidos de oposición, y al electorado de participar en las “megaelecciones” del 21 de noviembre bajo la promesa de eliminar la figura de los protectorados en los estados y municipios. Aunque hasta el momento ha cumplido su promesa de no imponer una figura paralela a los gobernadores y alcaldes recién electos, ha apelado a otra táctica que tanto él como el fallecido Hugo Chávez ya aplicaron en el pasado en aquellos lugares cuyo control perdieron: vaciarlos de competencias y dejarlos sin presupuesto.
Apenas tres días después de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunciara que Manuel Rosales, candidato de oposición para la Gobernación del estado Zulia, obtuvo más de 590 mil votos (54,82%), el Ejecutivo central decidió arrebatarle la gestión, conservación y administración del Aeropuerto Internacional de La Chinita (Maracaibo), el Aeropuerto Miguel Urdaneta Fernández (Santa Bárbara) y el Aeropuerto Oro Negro (Cabimas); así como del puente General Rafael Urdaneta.
Ambas decisiones fueron adoptadas por el Ministerio de Transporte, según consta en la Gaceta Oficial Nº 42.261, publicada el 23 de noviembre. A partir de ahora, la empresa estatal Bolivariana de Aeropuertos (BAER) será la que administrará las tres terminales aéreas, mientras que la vía que atraviesa el lago de Maracaibo será gestionada por el Fondo Nacional del Transporte Urbano (Fontur).
Esta situación no se presentó solo en el Zulia, sino que un día después el también recién electo gobernador del estado Cojedes, el opositor Alberto Galíndez, se enteró por Gaceta Oficial que su despacho se quedó sin el control sobre el Aeropuerto Nacional Ezequiel Zamora, ubicado en la ciudad de San Carlos.
¿Y el entendimiento?
El despojo que sufrieron las gobernaciones no controladas por el chavismo se produjo horas después de que las autoridades recién electas acudieran al Palacio de Miraflores para reunirse con Maduro, quien informó lo siguiente:
“He recibido a los tres gobernadores electos en las filas de la oposición. Me reuní por separado con los gobernadores Manuel Rosales del Zulia, con Morel Rodríguez de Nueva Esparta y con Alberto Galíndez de Cojedes. Puedo decir que fueron tres útiles y fructíferas conversaciones, de entendimiento, con la idea del trabajo conjunto y de resolver los problemas del pueblo. Celebro estas tres reuniones, me parecen extraordinarias. Si nosotros avanzamos en esa dirección, del diálogo para la acción creo que vamos a entregar buenos frutos a la gente en materia de servicios públicos, de la seguridad y de la salud”.
Esta especie de castigo impuesto por el poder central no solo es inconstitucional, sino que refuerza la idea que en la Venezuela actual impera una autocracia que solo acepta una oposición a la medida”
Sin embargo, las acciones del Poder Ejecutivo nacional van a contracorriente de lo afirmado por Maduro y parecen ser una suerte de sanción contra las entidades que no optaron por los candidatos del partido de gobierno, lo cual supone una nueva violación a la soberanía popular. Hasta ahora ninguna Gobernación chavista ha visto perder alguna competencia o fuentes de recursos.
Además, las medidas van a contracorriente del espíritu y letra de la Constitución. “La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad”, señala el artículo 4 del texto fundamental.
Por su parte, el artículo 16 de la carta magna ordena que la ley garantice la descentralización político-administrativa, y el 158 estipula claramente que “la descentralización, como política nacional, debe profundizar la democracia, acercando el poder a la población y creando las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales”.
No obstante, las resoluciones del Ministerio del Poder Popular para el Transporte lejos de acercar el poder a la población lo alejan y lo centralizan en Caracas.
Viejas mañas
El despojo del que han sido víctimas los estados Zulia y Cojedes no es algo nuevo. En 2008, tras perder varias gobernaciones, entre ellas las de Miranda, Carabobo, Nueva Esparta, Táchira, Lara y Amazonas, así como la extinta Alcaldía Metropolitana de Caracas, el chavismo emprendió una ola recentralizadora, sin precedentes hasta el momento. Los gobernadores salientes comenzaron a entregarle al Gobierno nacional sus competencias.
Al Ejecutivo central esto no le bastó y por ello en 2007 acudió a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para pedirle interpretar el numeral 10 del artículo 164 de la Constitución. Dicha norma establece que es competencia de las entidades federales “la conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso comercial, en coordinación con el Ejecutivo nacional”.
La sala, en su fallo Nº 565 del 15 de abril de 2008, señaló que la norma constitucional “debe interpretarse en el sentido que sólo los estados como entes político-territoriales pueden ser objeto de una descentralización territorial sobre dichas materias, lo cual no excluye la descentralización funcional o la cogestión, sobre bienes y servicios cuya titularidad originaria mantiene la República (…) de ello resulta pues, que deba diferenciarse entre la titularidad de tales bienes y servicios (…) la cual puede estar atribuida al Poder Público Nacional a través del Ejecutivo nacional o cualquier ente descentralizado funcionalmente, o a nivel estadal en los mismos términos”.
Asimismo, en esta sentencia se abrieron las puertas a la intervención o directamente a la reversión del proceso de descentralización en materia de autopistas, carreteras, puertos y aeropuertos si se determina que las autoridades regionales incumplen con su función de conservarlos y se pone en riesgo su funcionamiento, por cuanto “la titularidad originaria de los mismos le corresponde a la República, conforme al ordenamiento jurídico vigente”.
El pronunciamiento del TSJ orientó la reforma de la Ley Orgánica de Descentralización, que el 17 de marzo de 2009 sancionó la mayoría chavista de la Asamblea Nacional. Este instrumento legal faculta al Ejecutivo nacional a revertir por razones estratégicas, de mérito, oportunidad o conveniencia, la transferencia de las competencias concedidas a los estados, lo cual obviamente es inconstitucional.
Gracias a este instrumento, el estado Zulia durante la gestión de Pablo Pérez, candidato de oposición, perdió por primera vez el aeropuerto de La Chinita y el puente. Sin embargo, en 2018 el Gobierno decidió devolvérselo al entonces gobernador chavista Omar Prieto.
Fuente: Observatorio Venezolano de la Justicia
Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta? El arrebato de las infraestructuras que han sufrido los estados Zulia y Cojedes supone un nuevo desconocimiento de la voluntad de la mayoría de los electores, quienes decidieron escoger como sus mandatarios regionales a dirigentes opositores. Esta especie de castigo impuesto por el poder central no solo es inconstitucional, sino que refuerza la idea que en la Venezuela actual impera una autocracia que solo acepta una oposición a la medida. |