El director del Observatorio Electoral Venezolano (OEV), Luis Lander, rechazó en entrevista con Correo del Caroní las declaraciones ofrecidas recientemente por el primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello, en las que afirma que la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) solo podrá sustituir a su candidato presidencial, Edmundo González, por uno de los otros 12 participantes de la elección.
“La legislación no establece ese requisito que le agregó Diosdado Cabello en su programa reciente. Cualquiera de los candidatos postulados puede ser sustituido por cualquier persona que cumpla con los requisitos, por supuesto, una persona que no cumple con los requisitos no puede sustituir a ninguno de los aceptados. Esa limitación en ninguna parte de la legislación existe”, afirmó Lander.
En una de las últimas ediciones de su programa, Con el mazo dando, Cabello aseguró que la MUD no tendrá posibilidad de cumplir con las directrices de la líder opositora María Corina Machado, quien insiste en la postulación de la académica Corina Yoris como candidata presidencial y posible reemplazo del diplomático González.
“La sustitución de un candidato constituye una nueva postulación. ¿Qué significa que constituye una nueva postulación? El proceso cómo consta: usted primero postula, esa postulación es admitida o no. Hay gente que no llega ni siquiera a postularse porque la máquina le dice no va. No llega a postularse. La sustitución de un candidato o candidata constituye una nueva postulación y, en consecuencia, cuando el postulado sustituto no sea un candidato previamente admitido o admitido, deberá cumplir con los requisitos establecidos. Eso significa que si usted no fue postulado, no puede ser candidato sustituto. Para usted ser postulado tendría el CNE que abrir otra vez un proceso de postulación. Donde ellos pueden escoger es de los que ya están postulados. Apoyen a Nicolás pues y salimos de eso. Léanse las leyes, escuálidos”, zanjó Cabello durante transmisión televisiva.
Ambas aseveraciones derivan del artículo 64 de la Ley de Procesos Electorales; sin embargo, especialistas aseguran que Cabello ha manipulado el texto para hacer una interpretación contraria al derecho a sustitución de la coalición opositora.
“La sustitución de un candidato o una candidata constituye una nueva postulación y, en consecuencia, cuando el postulado sustituto o la postulada sustituta no sea un candidato o una candidata previamente admitido o admitida deberá cumplir con los requisitos establecidos en la presente ley”, reza la legislación, en la cual no se impone a uno de los candidatos previamente admitidos como única alternativa de sustitución.
Un cronograma electoral “apretado”
Lander consideró que el cronograma electoral publicado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), aún no publicado en Gaceta Oficial, representa uno de los plazos electorales más apretados de los últimos años. Teniendo muy poco tiempo para el correcto desenvolvimiento de las actividades y, además, llevando varias irregularidades a cuestas como los pocos puntos de actualización de datos, el bloqueo del portal electoral para los partidos de oposición y los plazos de postulación fuera de tiempo.
“Desafortunadamente, en la legislación vigente en ninguna parte se habla de cuáles deberían de ser los plazos del cronograma. A diferencia de lo que sí ocurría en la Ley Orgánica del Sufragio y la Participación Política. En esa ley se decía que una elección debía ser convocada al menos con 6 meses de anticipación. Se podía hacer una convocatoria con más de 6 meses, pero nunca con menos de 6 meses. Se establecía con absoluta claridad que las elecciones tenían que ser en la primera quincena del mes de diciembre en el cierre del período constitucional. Esa legislación estaba vigente cuando Venezuela hacía una elección cada 5 años”, expresó el especialista en procesos electorales.
Asimismo afirmó que, comparando con otros procesos electorales, este ha escatimado en facilidades para los electores, dejando plazos cortos y pocos puntos de registro para que los venezolanos accedan al Registro Electoral Permanente.
“El plazo establecido para la actualización e inscripción en el Registro Electoral es sumamente apretado. Es un período de solo un mes que no solamente es corto en el tiempo, sino que también se anunció que van a establecer 315 puntos fijos, cuando en otras elecciones el número de puntos era mucho más amplio. En la elección presidencial de 2012 se establecieron 8 meses en contraste con el mes de ahora. Además, en aquella oportunidad se establecieron 1.300 puntos. Cinco veces más que lo que está actualmente. Claramente esta jornada de actualización y registro está muy apretada, sobre todo teniendo en cuenta el número de venezolanos que tienen que actualizar sus datos porque se mudaron. Son millones que deben inscribirse y no lo digo en términos de exageración, son millones de venezolanos en el país que no se han inscrito o se han mudado”, acotó.
En los 23 estados del país hay denuncias reseñadas por los medios de comunicación, en las que se consideran insuficientes los puntos fijos instalados por el CNE. A su vez, ciudadanos han exigido que se instale más de una máquina para agilizar el proceso. En el caso de Bolívar, las jornadas se realizaron en pleno sol, sin contar con baños portátiles y sin garantías para los nuevos votantes.
Voto en el exterior: más impedimentos para los migrantes
Lander rechazó los impedimentos que se han puesto a los venezolanos en el exterior para poder actualizar sus datos en el CNE y participar en los comicios del próximo 28 de julio.
En países como Colombia y España, los consulados apenas acaban de iniciar el proceso, contando con menos de un mes para que los electores puedan hacer los trámites. Sin embargo, lo que llama la atención es la exigencia de requisitos como la residencia permanente en dichos países, donde la mayoría de los venezolanos tienen visas humanitarias, asilos políticos, entre otros estatus.
Sobre esto, Lander afirmó que se trata de una irregularidad, puesto que el estatus migratorio no debería representar un impedimento para que los venezolanos en el exterior ejerzan sus derechos políticos.
“Aquí el problema fundamental es que los venezolanos por inscribirse en el registro lo único que necesitan es una cédula de identidad laminada vigente o no. Es lo que dice la Constitución. Eso es documento suficiente. No debería haber requisitos adicionales para los venezolanos fuera del país. La condición legal de la residencia de un venezolano en el exterior es una situación entre ese venezolano y el país donde está residenciado. No debería afectar para nada sus derechos políticos con respecto a Venezuela. Al añadir estos requisitos de residencia legal permanente, es agregar a los ciudadanos que han migrado un requisito adicional a lo que establece la Constitución. Además, en cada país la legislación para la migración es distinta. ¿Qué se interpreta en Colombia, España, Argentina… como residencia legal permanente? Puede tener diferentes denominaciones. Entonces los venezolanos en un país tienen condiciones que le podrían permitir inscribirse y con similares condiciones en otros países no se los permiten. Termina siendo la oficina diplomática del país en cuestión quien determina de manera arbitraria cuáles son los requisitos que se requieren para inscribirse. Constitucionalmente el único requisito debería ser los mismos solicitados para el registro en Venezuela. Es una irregularidad esta petición de requisitos”, expresó el director del OEV.
Por ejemplo, en el caso de venezolanos en Colombia, se solicita el documento de residencia permanente emitido por este país, es decir, contar con visa de residencia, cédula de extranjería o cédula de ciudadanía. A su vez también se solicita el pasaporte venezolano vigente.
Según cifras ofrecidas por Migración Colombia, en este país hay un total de 2.875.743 venezolanos; no obstante, 2.300.000 cuentan con el Permiso de Protección Temporal (PPT) que ofrece 10 años de regulación migratoria. Ante la exigencia de residencia permanente, más de 2 millones de venezolanos quedarían fuera de las presidenciales venideras.
Asimismo, en países como Argentina, Uruguay y Perú aún no se ha abierto el proceso, lo que deja a los connacionales de estas naciones con menos de un mes para poder registrarse.
Este 2 de abril, la líder de la fracción opositora, María Corina Machado envió un mensaje a través de sus redes sociales para los venezolanos en el exterior, a quienes convocó a una protesta global el 6 de abril para exigir el cese del bloqueo electoral.
“Los venezolanos tenemos derecho a elecciones limpias y libres. No tenemos que conformarnos con nada menos de lo que tienen otras naciones democráticas. Con las primarias le demostramos al mundo la fuerza que tenemos para lograr este cambio. Hoy tenemos que hacer que el mundo nos escuche. Hemos logrado apoyos importantísimos y tenemos que seguir avanzando (…) Hoy tenemos la fuerza, que nadie lo dude. No vamos a permitir que Nicolás Maduro escoja al candidato que lo enfrente”, expresó Machado.