A propósito del cuestionado proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional (AN) el pasado 24 de enero, la asociación civil Acceso a la Justicia hace otras observaciones, además de las ya planteadas en relación con violaciones constitucionales.
Acceso a la Justicia destaca que dicho proyecto de ley no solo atenta contra las ONG, sino contra casi la totalidad de las organizaciones civiles sin fines de lucro existentes.
“Aunque la propuesta del chavismo se refiera a las ONG, en realidad atañe a casi todas las instancias de la sociedad civil organizada en Venezuela, sin importar si son de derechos humanos, asistenciales, humanitarias, educativas, culturales o se dediquen a cualquier otro ámbito, siempre que no estén reguladas por leyes especiales, tales como sindicatos o gremios, por mencionar algunas”, explica Acceso a la Justicia.
Esta conclusión se basa en lo que refieren los artículos 2, 6 y 8 del proyecto de ley.
El artículo 2 señala que el texto se aplicará a “las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades en la República Bolivariana de Venezuela, que adquieran por la vía jurídica o, de hecho, la forma de organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades no financieras incluidas las que se realizan a través de medios electrónicos”.
Sin embargo se exceptúan de lo dispuesto en el texto “aquellos sujetos que, por la naturaleza propia de la actividad que ejercen, se rigen por una normativa legal especial, así como aquellos sujetos que, de manera expresa, sean exceptuados del régimen previsto en esta ley”.
En el artículo 6, numeral 3, se define a las ONG como “una organización civil, en cualquiera de sus distintas formas, expresiones, que no dependen del Estado, que no tienen fines ni ánimo de lucro, cuyas actividades se encuentran orientadas a los fines benéficos, sociales, o de interés general, relacionados con la preservación del medio ambiente, la salud, desarrollos científicos, tecnológicos, de derechos humanos, artísticos, literarios, religiosos, educativos u otros ámbitos de utilidad general”.
En ese sentido, se incluyen a todas las organizaciones civiles sin fines de lucro y sin importar su objetivo, ya que en ese mismo artículo se señala que las ONG se manifiestan jurídicamente como “fundaciones, asociaciones, corporaciones, sociedades y otras, siempre que su objeto no suponga ánimo de lucro y no sean gobernadas, dirigidas u operadas, directa o indirectamente, por organismos del Poder Público de un Estado”.
Un universo enorme
Acceso a la Justicia advierte que en ese universo de asociaciones civiles que se verían afectadas por la eventual aprobación de la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, están instituciones como las fundaciones empresariales Bigott, Santa Teresa o Polar; clubes sociales al estilo de la Hermandad Gallega de Venezuela; instituciones culturales como la Schola Cantorum de Caracas o el Banco del Libro; incluso las deportivas como los Criollitos de Venezuela o los scouts serán consideradas ONG y deberán inscribirse en el nuevo registro, para poder funcionar.
“¿El motivo? Todas las instituciones antes mencionadas son organizaciones civiles ‘sin fines de lucro’, realizan ‘actividades con fines benéficos, sociales o de interés general’ y, además, ‘por la naturaleza propia de la actividad que ejercen’, no se rigen por una normativa legal especial, por ejemplo, los gremios de profesionales o los sindicatos”, reitera la asociación civil Acceso a la Justicia.
Explica también que organizaciones como Cáritas de Venezuela o las religiosas como la Confederación de Asociaciones Israelitas de Venezuela (CAIV) también deberán cumplir con trámites que establece el texto, so pena de multas o desaparecer.
Además la asociación civil menciona que “el proyecto de ley no solo pone en la mira a las ONG nacionales, sino también a las extranjeras que operan o quieran operar en el país”.
Esto a partir del artículo 11 que señala que “las organizaciones no gubernamentales domiciliadas en el extranjero sólo podrán operar en el país tras obtener una habilitación para hacerlo. Esta será otorgada por el ministerio con competencia en materia de relaciones exteriores, que será el órgano encargado de determinar los requisitos y procedimientos a seguir para obtenerla”.
Destaca que la obtención del permiso es apenas un paso, ya que estas agrupaciones deben luego pasar por los mismos trámites que las organizaciones nacionales.
Acceso a la Justicia recordó que en 2020, los ministerios de Interior y Exteriores dictaron una resolución conjunta en la cual exigían a las ONG extranjeras que deseen operar en el país que solicitaran un permiso para hacerlo. No obstante, el Gobierno no les ha dado el certificado correspondiente para funcionar.
¿Cómo afecta a los venezolanos?
Las consecuencias de la aplicación de la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines no son solo para las ONG y sus representantes, sino a la defensa de los derechos humanos.
“La amplitud con la que está redactado el texto lo convierte en una amenaza para cualquier expresión de la sociedad civil organizada en Venezuela y muestra una vocación totalitaria del partido de gobierno. La sociedad civil organizada ya está regulada, y este texto lo que hace es incluir disposiciones que dificultan enormemente la posibilidad de ejercer los derechos a la asociación y a la participación ciudadana en los asuntos públicos”, sostiene Acceso a la Justicia.
Esperan que las autoridades consideren la petición del alto comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, de dar un amplio debate para tener un proyecto de ley que no restrinja aún más el espacio cívico. (Con información de Comunicaciones Acceso a la Justicia)