jueves, 16 enero 2025
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En Bolívar habilitarán 253 centros electorales para elecciones de jueces de paz

Este 23 de noviembre se instaló la comisión electoral para el proceso electoral del próximo 15 de diciembre, para el cual ya inició el proceso de postulaciones.

En rueda de prensa, el director regional del Consejo Nacional Electoral (CNE), Daniel Prieto, informó que el estado Bolívar contará con 253 centros de votación para las elecciones de jueces de paz pautadas para el próximo 15 de diciembre.

“Estaremos haciendo la asesoría para lo que es este proceso electoral del 15 de diciembre. De lo que son las elecciones de jueces de paz comunal, donde el CNE hará una asesoría técnica, comenzando con el sistema de postulaciones y dando capacitación a todo lo que son las comisiones electorales de cada uno de los consejos comunales en el estado. Estaremos desplegados para el proceso 253 centros electorales, vamos a tener 262 mesas electorales y vamos a tener un aproximada de 253 coordinadores de centro por parte del CNE”, puntualizó Prieto.

Para el próximo 15 de diciembre se espera escoger 30 mil jueces de paz en todos los circuitos comunales del país.

Según el artículo 14 de la Ley Orgánica de Justicia de Paz Comunal, las comisiones electorales de los consejos comunales son las instancias competentes para organizar, coordinar, supervisar y realizar los procesos de elección y de revocatoria de los jueces de paz comunal que se desarrollen en el ámbito territorial.

El proceso de elección podrá contar con la asesoría técnica, apoyo logístico y acompañamiento del Poder Electoral.

El 23 de noviembre iniciaron las postulaciones

“Nos encontramos la comisión electoral estadal para este evento electoral que se va a presentar el 15 de diciembre una vez aprobada la ley en primera y segunda discusión en la Asamblea Nacional. Nos toca ahora esta gran tarea que es hacer el acompañamiento para este gran evento en 253 circuitos electorales que le corresponden al estado Bolívar. Desplegamos toda esta comisión hasta el 16 de diciembre para difundir el reglamento, un reglamento diseñado exclusivamente para este evento electoral de acuerdo a la Ley de Paz Comunal. Igualmente capacitar a todos y cada uno de los postulados que ya sean electos juezas y jueces de paz en los diferentes circuitos. Ese es el objetivo de este evento electoral. Iniciaron las postulaciones con 253 postulantes que son las personas designadas por el Ministerio del Poder Popular para las Comunas”, declaró Nancy Ascencio, diputada de la Asamblea Nacional.

Ascencio alegó que los jueces de paz llegarán para sustituir a la figura de jueces municipales, consideración que ya había expresado un miembro de la directiva del Colegio de Abogados de Ciudad Guayana, quien destacó que esta figura tendrá relevancia en la parte civil.

Según la ley que rige el proceso, los postulados pueden ser designados por el consejo comunal, por el Ministerio de Comunas o pueden presentar su candidatura por iniciativa propia, cumpliendo los requisitos establecidos.

“Hemos organizado a 2.683 consejos comunales del estado Bolívar en circuitos comunales, para que sea una participación masiva del poder popular en la elección de sus jueces y juezas de paz comunal, es un proceso inédito que está llevando a cabo el poder popular para hacer un gran gobierno comunal. Nuestro pueblo debe hoy iniciar un proceso de postulación de esos ciudadanos y ciudadanas que están en los territorios y que son reconocidos en nuestras comunidades como garantes de la paz”, expresó la directora estadal del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales, Liz Marlene Coecher.

Los requisitos

Según el artículo 18 de la normativa, los requisitos para ser juez de paz son:

● Ser venezolano

● Ser mayor de 25 años

● Tener para el momento de la elección al menos tres años de residencia en el ámbito territorial correspondiente

● No estar sometido a condena mediante sentencia definitivamente firme, ni a interdicción civil, inhabilitación política o administrativa

● No pertenecer a la directiva de alguna organización política, gremial o sindical, ni ser vocero o vocera de alguna organización del poder popular

● Ser de estado seglar y no pertenecer a ningún órgano militar o policial, en situación de actividad

● Mantener una conducta intachable y no incurrir en la promoción del odio, la intolerancia, la discriminación, traición a la patria, así como posturas fascistas, neofascistas o expresiones similares y cualquier otra conducta que afecte los intereses de la Nación o manifieste públicamente el incumplimiento o desacato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (…)

● Tener un conocimiento de su entorno, de las necesidades, conflictos, costumbres y cultura de su ámbito territorial, así como un compromiso con la justicia social, solidaridad y colectividad.