La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) exhortaron al Estado venezolano a abstenerse de aprobar el anteproyecto de Ley de Cooperación Internacional, cuya implementación podría generar restricciones arbitrarias a la labor de organizaciones defensoras de derechos humanos.
En un comunicado, la CIDH y la RELE mostraron su preocupación “porque el lenguaje ambiguo de esta iniciativa pueda dar lugar a una interpretación subjetiva por parte de autoridades -en particular si las actividades realizadas por las organizaciones de derechos humanos en el país serían contrarias a los intereses del Estado- y conduzca a su cancelación arbitraria”.
La libertad de asociación es fundamental para ejercer la labor de defensa de derechos humanos, recordaron ambas organizaciones. El pasado 4 de mayo, la Comisión de Política Exterior de la Asamblea Nacional electa en 2020 dio a conocer el anteproyecto, que actualmente se encuentra en proceso de discusión.
Dicho instrumento contempla la prohibición, suspensión, restricción o eliminación de las organizaciones de la sociedad civil que “directa, o indirectamente, promuevan o participen con otras asociaciones, organizaciones, gobiernos u organismos internacionales, en la aplicación de medidas coercitivas unilaterales contra la República”.
Si bien la CIDH y la Relatoría consideran necesario que los Estados cuenten con organismos competentes para el registro de organizaciones, señalaron que deben estar en sintonía con el derecho internacional de los derechos humanos y “evitar marcos legales amplios o con lenguaje vago y ambiguo, que otorguen un excesivo margen de discrecionalidad a la autoridad que lo aplica”.
También consideran preocupante que “cualquier ciudadana o ciudadano” pueda solicitar información sobre las organizaciones inscriptas, con especificación detallada de sus fuentes de financiamiento. Anteriormente, la CIDH ha señalado que las solicitudes de información con base en el “interés público” podrían afectar la confidencialidad que requieren las organizaciones con relación a las causas que promueven.
“Además, el derecho a recibir financiamiento en el marco de la cooperación internacional para la defensa y promoción de los derechos humanos está protegido por la libertad de asociación”, destacaron.
La CIDH y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión recordaron que no es la primera vez que el Estado venezolano busca imponer restricciones al funcionamiento de las organizaciones de la sociedad civil.
En 2021 se aplicó una providencia administrativa de Sudeban que buscaba el registro de organizaciones sin fines de lucro ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo de Venezuela.
“A esto se suma la existencia de un contexto adverso para la defensa de los derechos humanos en el país, en el que se han reportado recurrentes campañas de desprestigio, estigmatización, actos de hostigamiento y criminalización contra las personas defensoras de derechos humanos como consecuencia de sus actividades”, señalaron.