La discusión va más allá de si votar o no, se trata del poder y respeto al voto ciudadano. Así lo afirma el diputado de la Asamblea Nacional y presidente del Comité de Postulaciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) cuya función de designar a los nuevos rectores fue asumida por el Tribunal Supremo de Justicia.
Precisamente, el Parlamento rechazó la sentencia del TSJ con la que en menos de 72 horas nombró a los nuevos rectores del Poder Electoral.
¿Qué pasará con el comité constituido legalmente por la AN? Medina señaló que en este momento está sujeto a la decisión política que terminará decidiendo la fracción de la unidad y los distintos partidos políticos que hacen vida en el tema electoral.
![]() Medina: “Si la gente no siente que está decidiendo, que tiene un poder realmente para elegir, nada de lo que monten va a funcionar” |
“Habría que ver en este momento cuáles son las estrategias a seguir, más que el tema de si el comité funciona o va a funcionar, debería estar enmarcado en una estrategia clara de rescate del poder de decidir de la gente. Ese es el planteamiento que se está dando en este momento”, aseveró el diputado.
Consideró que la discusión debe centrarse en cómo devolverle el poder a la gente.
“Ahorita hay una discusión incompleta. Cuando se dice si participas o no participas, eso puede ser chévere para sectores políticos, pero no es una discusión para el país. La discusión para el país es si los venezolanos van a poder decidir o no, ¿tienen capacidad real de decidir o no tienen capacidad?, ¿su voto vale algo o no vale nada? Creo que ahí es donde está el tema, tienes que pelear porque la gente efectivamente pueda decidir y es lo que no hay en este momento”, afirmó.
Nicolás Maduro ya asomó un proceso electoral para este año, las parlamentarias, a propósito del vencimiento de su período.
“Si la gente cree que su poder de decidir vuelve a tener sentido, creo que puede decir que participa, pero si la gente cree que ese poder de decidir no existe, pues no habrá ningún cambio respecto a lo que pasó en 2018. Porque si la gente no siente que está decidiendo, que tiene un poder realmente para decir lo que quieren, nada de lo que monten va a funcionar, porque no lo van a acompañar”, sostuvo el parlamentario sobre la reacción de los ciudadanos ante la convocatoria a un proceso electoral con el CNE exprés.
A ello se suma lo que han venido haciendo, por medio del TSJ, para usurpar las directivas de partidos políticos de oposición, como lo hizo con Acción Democrática y Primero Justicia. Medina milita en este último, y este martes tendrán el tercer comité político nacional en menos de un mes, para hablar del tema.
“Al final el partido no son las siglas, el partido va a seguir, el movimiento, su gente y su dirigencia están en toda Venezuela, y la mayoría de sus dirigentes están claros en lo que sucede con Primero Justicia. Lo que nos corresponde es seguir luchando, dar la batalla, como dijo Julio Borges: esto es evidencia de que les duele que exista Primero Justicia”, sostuvo.
Nombramiento exprés del CNE
Para el Observatorio Venezolano de Justicia, Acceso a la Justicia, la designación del CNE por parte del TSJ no es sorpresiva, aunque sí sorprende que la sala usurpara la función de la Asamblea Nacional, que ya había nombrado un Comité de Postulaciones.
“Esta no es la primera vez que la intérprete de la Carta Magna nombra al CNE, pues después de la efectuada en 2003 lo ha hecho en otras tres ocasiones (2005, 2014 y 2016). Sin embargo, esta vez, como en la última, atribuyó la omisión legislativa al supuesto desacato en el que está la AN. La sentencia, no obstante, declara inválidos, por estar viciados de nulidad absoluta, todos los actos y actuaciones de la AN, así como el que los pueda realizar en vista del desacato en que se encuentra el órgano legislativo”, explica la ONG.
![]() Las irregularidades en la designación de los miembros del CNE se traducen en más desconfianza en el árbitro electoral |
Acceso a la Justicia considera contradictorio el argumento del desacato, ante la interrogante de cómo un órgano estatal, que a su vez no es reconocido como tal por el TSJ, puede ser juzgado y condenado por este porque no realizó o llevó a cabo alguna actividad que le correspondía hacer y que no hizo.
“Desde el punto de vista de la lógica jurídica es un contrasentido decir que se va a solicitar al Comité de Postulaciones Electorales, instancia de la AN, la lista de los preseleccionados para integrar el nuevo órgano comicial, cuando al mismo tiempo se declara su nulidad. La actuación parcializada de la Sala Constitucional también queda patente, cuando a pesar de haber dado un plazo de 72 horas mediante el auto Nº 69 para que el mencionado comité entregara la lista de preseleccionados, decide desconocer ese tiempo y de una vez designa sin consulta alguna a los nuevos integrantes del Poder Electoral”.
“La justificación para no dejar correr íntegramente el lapso establecido en el fallo Nº 69 por parte del TSJ es que se supo que el Comité de Postulaciones Electorales no cuenta con la lista de preseleccionados, y a tal efecto, cita tuits de miembros de ese comité. Es decir, el TSJ reconoce expresamente que omitió el procedimiento constitucional para que se postularan los candidatos a rectores y que los nombró a dedo”, agrega.
La ONG señala que se adoptó el desacato como elemento legitimador para sostener la omisión legislativa y, en consecuencia, argüir la exclusión y sustitución de la AN, lo que implica un fraude a la Constitución.
“Esta estrategia además ha venido acompañada por otras irregularidades, como arrebatarle a la sociedad civil el derecho a participar en el proceso de designación del CNE, con el solo pretexto de asegurar la designación de una nueva autoridad electoral conveniente a los intereses del régimen chavista, de cara a la celebración de las elecciones parlamentarias”, afirmó.
Un árbitro parcializado
Acceso a la Justicia destaca que la selección de las altas autoridades del Poder Electoral es piedra fundamental para la gobernabilidad del país, sobre todo cuando de este Poder Público depende la celebración de elecciones, que podrían realizarse bajo criterios democráticos y empezar a dar fin a la grave crisis institucional que vive el país.
“El artículo 296 de la Constitución exige que los candidatos que sean seleccionados por la AN para integrar el CNE deben ser personas sin vínculos con organizaciones políticas, a fin de garantizar la independencia e imparcialidad del órgano que representan y, de esta manera, reforzar la confianza pública y la seguridad jurídica en los procesos electorales. Sin embargo, no es un secreto que este mandato nunca se ha cumplido y que la mayoría de quienes han integrado el organismo han sido personas afectas al régimen chavista. Y en esta oportunidad ocurrió lo mismo”.
Indira Alfonzo, por ejemplo, se desempeñaba como presidenta de la Sala Electoral y vicepresidenta del TSJ; y Gladys Gutiérrez, era magistrada de la Sala Constitucional. Además, ambas han sido sancionadas, Gutiérrez por los gobiernos de Estados Unidos y Canadá, y Alfonzo por Canadá. Señaladas por haber participado en el deterioro de la democracia del país.
Similar sanción corre contra la rectora Tania D’Amelio, quien ocupa el puesto desde 2009 tras ser designada por la AN que estaba dominada por mayoría chavista. Fue ratificada en su cargo. Sobre ella también recaen graves denuncias referentes a su vinculación con la militancia del partido oficialista, ya que antes de ser nombrada rectora fue diputada por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).
Para Acceso a la Justicia la designación de estas tres funcionarias, sin ningún basamento jurídico, representa la burla más grave cometida contra la Constitución por parte del TSJ, al desatender los principios de independencia, autonomía y transparencia que el artículo 294 impone respecto a las autoridades de los órganos del Poder Electoral, que están contemplados, de hecho, para evitar cualquier ventajismo político. (Con información de Acceso a la Justicia)