miércoles, 19 febrero 2025
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Acceso a la Justicia: Reforma de Ley Orgánica del TSJ mantiene control del órgano judicial en manos del chavismo

La organización destaca que, aunque la propuesta de la AN oficialista tiene algunas mejoras, incorpora figuras que parecen estar destinadas a mantener el control que el gobierno viene ejerciendo sobre el TSJ.

Reducir el número de magistrados de 32 a 20, aumentar de cinco a diez los miembros de la sociedad civil que evaluarán a los aspirantes al máximo juzgado, y establecer que la elección de los altos jueces debe producirse con una mayoría calificada de las 2/3 partes del Parlamento son las principales modificaciones de la propuesta de reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (LOTSJ) presentada por el Asamblea Nacional (AN) de mayoría chavista.

Para la organización Acceso a la Justicia, la reforma que el chavismo puso en marcha en los últimos días de 2021 está llena de luces y de sombras. Exponen que la propuesta pareciera tener un propósito más profundo que el simple hecho de sacar o poner funcionarios, y destacan las palabras del presidente de la AN, Jorge Rodríguez, quien declaró: “Entienda, sepa y comprenda el pueblo de Venezuela que vamos a fondo con este proceso de reinstitucionalización de las instituciones democráticas de la República”. 

Calmar las críticas 

Para la ONG, las palabras del diputado oficialista revelan que la intención de la modificación es silenciar las críticas que el TSJ viene recibiendo desde 2004.

Explican que para ese año la AN que, por entonces contaba con una pírrica mayoría chavista, aprobó una Ley Orgánica del TSJ que aumentó de 20 a 32 el número de magistrados (artículo 8), reservó la mayoría de las sillas del Comité de Postulaciones Judiciales a parlamentarios (artículo 65) y estableció que, si luego de tres votaciones no se lograba elegir a los magistrados por mayoría calificada, la cuarta se haría por mayoría simple (artículo 38).

Acceso a las Justicia indica que este instrumento legal abrió las puertas para que el chavismo terminara de cooptar al máximo juzgado y al resto del Poder Judicial, tal y como lo ha denunciado Acceso a la Justicia y otras organizaciones internacionales como Human Rights Watch.

También destacan que la ley de 2004 se aprobó para evitar expresamente nuevos fallos como el que eximió de responsabilidad a los generales y almirantes que participaron en los sucesos de abril de 2002. Una decisión que molestó al entonces presidente Hugo Chávez.

 

La ONG Acceso a la Justicia considera que la propuesta parece dirigida a desmantelar la reforma de 2004 implantada por el mismo chavismo

 

Denuncian que este instrumento abrió las puertas para que diputados chavistas como Luis Velásquez Alvaray, Luis Franceschi, Malaquías Gil, Juan José Mendoza, Calixto Ortega y Christian Zerpa, así como exembajadores como Gladys Gutiérrez y Jhanett Madriz, funcionarios como Eladio Aponte Aponte e incluso parientes de altos cargos del chavismo aterrizaran en el TSJ.

“Todo ello habría sido muy difícil si el comité evaluador hubiera estado integrado por miembros de la sociedad civil y si la elección se hubiera hecho siempre por mayoría calificada, tal y como manda la Constitución”, manifiestan.

Asimismo, recuerdan que el entonces diputado Pedro Carreño lo confirmó diciendo: “Son magistrados cuya afiliación revolucionaria está más que garantizada (…) No nos vamos a meter un autogol”.

Acceso a la Justicia considera que este instrumento, así como la reforma que sufrió en 2010, permitieron que hoy el máximo juzgado del país esté conformado por magistrados que simpatizan con el Gobierno chavista o avalan mediante sus sentencias sus decisiones. “Una alineación que permitió que el Parlamento electo en 2015 fuera aniquilado y con él la democracia venezolana”, agregan.

También recuerdan que la cooptación del TSJ permitió que miles de jueces hayan sido designados y destituidos por mecanismos distintos a los concursos de oposición previstos en el artículo 255 de la Constitución de 1999. Una situación que impide que la justicia les garantice a los ciudadanos sus derechos y que los indemnice en caso de algún daño.

Nueva sombra 

Aunque Acceso a la Justicia considera que la propuesta parece dirigida a desmantelar el sistema implantado en 2004 para elegir y designar a los magistrados, algunas disposiciones siguen estando fuera del marco constitucional y estarían destinadas a seguir asegurando el control político del Gobierno sobre el TSJ.

Resaltan que la reforma del artículo 65 de la ley se establece que el Comité de Postulaciones Judiciales estará integrado por quince miembros: cinco diputados y diez miembros de la sociedad civil. El artículo 270 de la Carta Magna deja en claro que el comité es un órgano asesor del Poder Judicial y “estará integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad”.

“Si no fuera suficiente el hecho de que los legisladores no son mencionados para integrar la instancia que evaluará las credenciales de los aspirantes a magistrados, la reforma incorpora una figura no prevista en el texto fundamental: el comité preliminar”, subraya la organización.

Esta instancia, copiada del artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), será “la encargada de recibir, preseleccionar y remitir a la plenaria de la AN los postulados para integrar el Comité de Postulaciones Judiciales”. La misma estará conformada por los cinco parlamentarios, quienes luego de que se seleccione a los representantes de la sociedad civil pasarán a formar parte del órgano evaluador.

A juicio de la organización, lo anterior deja en claro que el chavismo no está dispuesto a renunciar a ejercer algún tipo de control en la designación de los magistrados.

Reducción de magistrados 

Acceso a la Justicia también menciona que la disminución del número de magistrados a veinte, la cantidad que tenía el TSJ cuando originalmente fue creado en el año 2000, es otro de los cambios llamativos.

Bajo la justificación de que con reducción “pueda darse un mejor manejo de las salas”, la ONG resalta que el chavismo parece olvidar que en 2004 argumentó el aumento de magistrados señalando que esta medida permitiría combatir el retardo procesal que aquejaba al TSJ.

Sin embargo, sostienen que casi dieciocho años después, la eficacia del máximo juzgado no ha mejorado, pese a contar con treinta y dos miembros; “prueba de ello son los casos de ciudadanos comunes que Acceso a la Justicia ha compilado en su publicación Diaria injusticia. Historias de decepción en tribunales de Venezuela, en la que se muestran casos emblemáticos de retraso del TSJ, y sobre todo, su impacto”, añades. (Con información de Acceso a la Justicia)