El gremio empresarial del municipio Caroní denuncia que la Solvencia Única Municipal -un proyecto de ordenanza en proceso de discusión en el Concejo Municipal de Caroní- impondría al sector comercial el pago de tarifas excesivas de servicios públicos sin derecho a reclamos e impediría a los contribuyentes cumplir con el pago de impuestos.
Es por eso que solicita a los concejales de la Cámara Municipal la revisión o desaprobación del proyecto.
Pago bajo coerción: En principio, partiendo de la presunción de insolvencia, la ordenanza obligaría a los contribuyentes a pagar las tarifas excesivas de servicios básicos prestados por la Alcaldía, aunque no estén de acuerdo con las altas tarifas o el desempeño del servicio. De lo contrario, el sistema bloqueará la declaración de los impuestos municipales o impedirá realizar cualquier trámite administrativo.
La consecuencia directa es la clausura del establecimiento comercial o la imposición de multas. Toda vez que los ciudadanos no podrían reclamar por cobros indebidos, tarifas excesivas de servicios públicos o exacciones fiscales.
Pagar primero, reclamar después
Por ejemplo, quien no pague las altas tarifas del servicio de aseo urbano -en proceso de licitación con Fospuca como única compañía ofertante-, el sistema no le permitirá declarar los impuestos o emitir reclamos por inconformidad con el servicio o las altas tarifas. Tampoco le permitirá realizar cualquier petición o percibir cualquier beneficio fiscal, como exoneraciones, rebajas o descuentos.
El proyecto de ordenanza también establece que ningún funcionario público municipal tramitará petición, reclamación o recurso alguno ante cualquier ente de la Alcaldía, si no va acompañado del respectivo certificado de Solvencia Única Municipal.
“Esto es un grave desacato al deber que tiene toda entidad pública de garantizar el derecho de petición que está previsto en el artículo 51 de la Constitución Nacional”, expresó el asesor tributario permanente de Fedecámaras Bolívar, Camilo London.

El asesor tributario expuso que, además, esta disposición normativa viola lo establecido en el Proyecto de Ley de Coordinación y Armonización de la Potestades Tributarias de los estados y municipios (Locaptem) -aprobado en primera discusión en la Asamblea Nacional- y está divorciada de la capacidad contributiva de las empresas.
La Locaptem establece la identificación y supresión inmediata de cualquier requisito que limite, entrabe u obstaculice el ejercicio y normal desarrollo de la actividad económica y la iniciativa productiva. Además prohíbe el establecimiento de requerimientos de solvencias que impidan a los ciudadanos cumplir con sus obligaciones tributarias.
Austerio González, presidente de Fedecámaras Bolívar, considera que la ordenanza facilita a la empresa privada que obtendrá la concesión del servicio de aseo urbano, el cobro de tarifas excesivas como ya ocurre en otros municipios del país con Fospuca.
“Esto en lugar de sumar, resta. La carga de impuestos es cada vez mayor, lo que queremos es que pagar los impuestos sea lo más sencillo posible, no que haya más obstáculos, eso es contraproducente para la recaudación fiscal”, manifestó.
Además de impedir la declaración de impuestos, contribuciones especiales o tasas municipales, la ordenanza también implicaría una tramitación mensual que el gremio considera como una carga burocrática importante y, al mismo tiempo, innecesaria. Pues, mensualmente, el contribuyente debe pagar una tasa equivalente a 1,5 dólares, e imprimir y exhibir la solvencia en la fachada del establecimiento comercial.
Los empresarios señalan que este instrumento normativo, de aprobarse, solo contribuiría con la voracidad fiscal que acorrala al sector empresarial, y, por lo tanto, favorece la informalidad.
“Los tributos y tarifas deben fijarse de acuerdo a lo que produzcan las empresas”
Las concejalas de oposición Ana Colina y Aida González señalaron que la Alcaldía debe hacer una auditoría y verificación del proyecto de ordenanza, pues atenta directamente contra el sector privado al imponer pagos -independientemente de si la empresa está produciendo o no-, como requisito para declarar los impuestos.
“Los empresarios deben ser respetados, y los tributos y tarifas deben fijarse de acuerdo a lo que produzcan las empresas. Se debe evitar hacer omisión a la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos y al Código Orgánico Tributario”, manifestaron en un comunicado conjunto.
Colina señaló que el sector privado debió estar involucrado en la discusión de la Ordenanza de Solvencia Única. Subrayó que la normativa deja por fuera los beneficios fiscales y no contempla qué deben hacer las empresas que estuvieron largo tiempo sin poder abrir sus puertas y, por lo tanto, sin facturar. “Hay denuncias de cobro de impuestos a establecimientos cerrados sin que hayan generado ingreso alguno”, dijo.