En la Gaceta Oficial Número 41.839 de fecha 13 de marzo de 2020 se publicó la providencia administrativa del Seniat, en la cual se establece el nuevo valor de la Unidad Tributaria (UT) a 1.500 bolívares.
La medida implica un incremento de 2.900% respecto al valor anterior de la UT que se encontraba en Bs. 50 y la cual seguirá siendo utilizado para la determinación del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) del ejercicio fiscal que finaliza el 31 de diciembre de 2019, que aún está en fase de declaración y pago.
Con el ajuste de la UT se mantiene la tendencia de subestimación del valor del indicador tributario al compararlo con la variación inflacionaria que para el año 2019 resulta muy superior.
Como se recordará, de acuerdo a la normativa legal para el aumento de esta unidad de valor se debe tomar en cuenta la tasa de inflación anual publicada por el Banco Central de Venezuela (BCV). Sin embargo, se mantiene la tendencia que se impuso en el país desde el año 2007 cuando inició la huida del procedimiento previsto en el Código Orgánico Tributario (COT) de 1994 para realizar dicho reajuste.
“La subvaloración de la Unidad Tributaria causa que, por ejemplo, los contribuyentes del ISLR paguen un mayor tributo al incrementar la base sobre la cual se aplicará la tarifa del tributo que de esta forma ha perdido su progresividad tanto para las personas jurídicas como para las personas naturales, para quienes la afectación resulta mayor”, explicó el experto tributario Camilo London, en su blog Gerencia y Tributos.
Destacó que partiendo del nuevo valor que se da a la UT y si no hubiere una nueva variación en el transcurso del 2020, ello obligaría a declarar el ISLR del ejercicio fiscal de este año a principios del 2021, a todas las personas naturales con enriquecimiento neto superior a 1 millón 500 mil bolívares, que abarcaría a cualquier persona que perciba el salario mínimo, muy por debajo del básico de susbsistencia dado por el valor de la canasta básica alimentaria.
Recientemente con la reforma del COT, la UT ya no será el valor para aplicar las sanciones y multas sino el tipo de cambio oficial de la moneda (divisa) de mayor valor publicada por el BCV, por lo que London recomienda que a las infracciones cometidas antes de la entrada en vigencia del COT, deberían ser determinadas en función del valor de la Unidad Tributaria vigente.