En rueda de prensa, la Asamblea de Ciudadanos de Caroní rechazó lo establecido en la recién promulgada reforma parcial de la Ordenanza para la Gestión y Manejo Integral de la Recolección y Tratamiento de Residuos y Desechos Sólidos, la cual contempla multas que van desde los 18 hasta los 300 dólares para los usuarios residenciales y comerciales.
Esta normativa fue publicada en gaceta municipal el pasado 12 de diciembre. La misma plantea una serie de modificaciones, entre ellas destaca el abanico de posibilidades de multa aplicable a los usuarios.
Asimismo, según la legislación, la base de cálculo para la tasa por el servicio de recolección de desechos, tanto para usuarios residenciales como comerciales, se basará en “el uso del inmueble, el tamaño, el tipo de construcción y la capacidad adquisitiva del usuario”, poniendo fin al pago por metros cuadrados de los locales comerciales (una de las partes más polémicas de la ordenanza anterior).
“Queremos transmitir una alarma a quienes residen en nuestro municipio. No nos referimos solo a comerciantes, también a ciudadanos cualesquiera porque nos afecta a todos. La ordenanza que aprobó la Cámara Municipal de Caroní tiene un carácter represivo, sancionatorio y enriquecedor. Hay una situación extrema y es que todo cobro, ya no solo el relleno, sino el de la recolección de desechos, sería un cobro indebido e ilegal. Están cobrando algo totalmente al margen de la ley. La ordenanza de aseo urbano tiene 100 artículos. 39 son de sanciones. Es decir, el 40% de la ordenanza son sanciones. 33 artículos son multas. Todo tipo de multas. De esas 33, 24 son para la condición de residente. No es para comerciante, es para residente. No van a tener capacidad para cobrar tantas multas”, expresó Simón Yegres, líder de la asamblea.
La nueva normativa clasifica a los usuarios en residenciales y no residenciales. A su vez, desde el artículo 10 se explaya la presentación de sanciones económicas para usuarios residenciales y no residenciales. Las multas van desde los 18 hasta los 300 dólares. Un ejemplo es que no cancelar el servicio acarrea una sanción económica del 50% de lo que se debe de tasa, es decir, un usuario que deba 300 dólares por el servicio de aseo urbano y se atrase en el pago, deberá cancelar 600 dólares (artículo 4 Imposición y mora).
Empresa prestadora de servicio con amplio rango de acción
La vocería de la asamblea destacó que la nueva ordenanza entrega a la empresa encargada de prestar el servicio, Fospuca Caroní, poderes que únicamente deberían corresponder al ejecutivo municipal.
Hay que destacar que, según la normativa, será la Superintendencia de Administración Tributaria quien aplique las sanciones y recaude los tributos.
“Es una cosa insólita. También para los residentes se puede cobrar por cualquier mecanismo. Esa empresa concesionaria puede amonestarlo por escrito en su casa, le puede ordenar limpiar o reparar algo que ella considere. Es una apreciación de una concesionaria que le puede dar órdenes de limpieza o reparación. Tiene esa atribución porque se la dan estos concejales y esos alcaldes. Si usted interpone un recurso administrativo por lo que le están cobrando y hace un reclamo, dice esa ordenanza, que igualmente está obligado a pagar mientras eso se procesa. Es decir, si usted cree que le están cobrando demás, si el reclamo se lleva dos o tres meses allí, se puede volver a penalizar. Es algo leonino, extremista, enriquecedor. No es con la Alcaldía que te vas a entender, vas a pagar directamente a la concesionaria porque le dan características de ente municipal”, denunció Yegres.
La no separación de desechos se pagará con multa
Sobre la disyuntiva que manifestaban algunos usuarios de no querer contar con el servicio de Fospuca Caroní, así como las denuncias sobre que la compañía no atendía el sector donde estaba residido el usuario, la nueva normativa establece que se debe pagar “independientemente de que no hubiese solicitado el servicio”.
Asimismo, la legislación enfatiza en la necesidad de separar y clasificar los desechos en los diferentes contenedores de reciclaje que -presuntamente- existen en la ciudad. No separar los desechos acarrea multas; sin embargo, en Ciudad Guayana pocos sectores cuentan con separadores de desechos. Por el contrario, aún existen muchas zonas con vertederos al aire libre y pequeños basureros a lo largo de la urbe.
El “no clasificar los residuos y desechos sólidos por separado en recipientes de tamaño adecuado al volumen de generación, sean cartón, vidrios, plásticos o metal”, acarrea una multa de 50 dólares (artículo 10).
“Si no clasificas, te multan. Ahorita, al día de hoy, se desbordaron. En vez hacer 39 artículos de multas, debieron hacer planes, programas y talleres para caminar entre todos. ¿Para qué clasificaríamos? ¿Para que ellos junten todo allá en el vertedero de basura? Porque aquí no hay ningún sitio donde eso se pueda llevar clasificado para procesarlo. Si usted va a construir en su casa y lleva materiales de construcción, transportar estos materiales si usted no pide permiso, a usted le sale multa. Usted debe pedirle permiso a la concesionaria para transportar materiales de construcción”, expuso la Asamblea de Ciudadanos.
Hasta el momento, la mayoría de los espacios públicos en Caroní no cuentan con contenedores para separar los desechos. A su vez, centros comerciales, plazas públicas y comercios privados continúan sin ofrecer las condiciones necesarias para que la dinámica de separación pueda cumplirse.
“Ellos colocaron un artículo que dice que mientras el alcalde no haga un nuevo decreto, se seguirá cobrando con el decreto derogado. Van a cobrar con el decreto derogado, que fue derogado por la Ley de Armonización Tributaria. Todo cobro que hayan hecho basado en ese decreto durante diciembre y enero sería indebido. No hay ningún instrumento legal. Todo eso puede ser demandado”, cerró la vocería de los ciudadanos.
Asamblea solicitará nulidad de ordenanza ante el TSJ
La organización ciudadana anunció que ya culminaron la documentación, destacando las irregularidades existentes, para presentar el reclamo ante el Consejo Superior de Armonización Tributaria y las autoridades competentes sobre las circunstancias que se viven en Caroní en cuanto al tema expuesto.
“Vamos a acudir formalmente al consejo que dice la ley que es quien asesora y decide sobre los montos que se deben cobrar. Vamos a alertarlos e informarles sobre lo que está ocurriendo en esta ciudad por la inoperancia de la municipalidad para tener un instrumento al día, actual, y basado en las condiciones que están en la ley. Esta misma semana iremos. Además, como estamos ante una violación descarada y brutal, vamos a solicitar la nulidad formal de esta ordenanza en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)”, manifestó Yegres.
No es la primera vez que la problemática de la recolección de desechos llega al TSJ, durante el mes de julio, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) solicitó a la Superintendencia de Tributos rendir cuentas con respecto al amparo constitucional introducido por empresas de Guayana denunciando el bloqueo del portal fiscal. En este sentido, los afectados alegaron que se estaba violando su derecho a pagar impuestos.
Sobre esto, el TSJ consideró la medida “un mecanismo de presión que no tiene fundamento en previsión legal alguna”, según la sentencia 0953 que reposa en el expediente número 23-0204.
Hasta ahora se desconoce si ha habido alguna respuesta por parte de la instancia municipal.