martes, 19 marzo 2024
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Conatel presiona mediante exhortos a periodista Damián Prat

La Comisión Nacional de Telecomunicaciones hizo una tercera advertencia a la emisora Radio Pentagrama 107.3 de Ciudad Guayana, por transmitir “mensajes que presuntamente buscan desconocer a las autoridades constituidas” en el programa “Público y Confidencial”, conducido por Damián Prat.

En menos de dos meses, desde el 28 de junio hasta el 30 de julio del 2018, la emisora Pentagrama 107.3 FM del estado Bolívar recibió tres exhortos emitidos por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), relacionados con el programa de estilo editorial crítico hacia el gobierno, Público y Confidencial, conducido por el periodista Damián Prat.

En el programa, que se emite en horario matutino desde las 9:00 a las 11:00 de la mañana, se revisa la agenda noticiosa del día y además se hace un análisis del panorama político regional y nacional.

Mediante estos llamados, calificados como fuera de la ley por los expertos en comunicación, se pretende silenciar una tribuna donde se tocan temas que son de interés público para los ciudadanos, puesto que el tipo de información que quieren callar es aquella que pone en evidencia las irregularidades gubernamentales.

Primer exhorto

La primera de estas advertencias, bajo el número Nº DG/2018/1584, fue emanada por Conatel el 5 de junio de este año. En esta se acusa a Prat de desconocer a las autoridades legítimamente establecidas por haber leído al aire un tuit de Alonso Moleiro. La mención rezaba lo siguiente: “Nicolás Maduro es un presidente ilegítimo y usurpador. Su mandato descansa sobre un fraude público apuntalado por funcionarios sin honor y sin credibilidad, desconocido fuera y dentro por los que no votaron y por sus competidores en la contienda; esto lo ha dicho el periodista Alonso Moleiro en su cuenta Twitter”.

En esa ocasión, Conatel argumentó que los mensajes identificados promueven la desinformación y el manejo indiscriminado de los hechos sin comprobación de ningún tipo. “Las declaraciones exaltan desde el punto de vista argumental, el desconocimiento de un evento electoral, así como de las autoridades legítimamente constituidas como resultado de dicho evento”.

También amenazaron al medio con la apertura de un procedimiento sancionatorio, la aplicación de una multa de hasta un diez por ciento (10%) de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior a aquél en el cual se cometió la infracción, y suspensión de, hasta por setenta y dos horas continuas, de sus transmisiones.

Segundo exhorto

Con el Nº DG/2018/1689, el siguiente exhorto llegó el 28 de junio y había sido emanado el día 20 de ese mismo mes. La causa fue la mención a un borrador que preparaba la Organización de Estados Americanos (OEA) para nuevas sanciones a funcionarios de Venezuela. Esto fue lo que dijo Damián Prat: “(…) el borrador de la resolución que van a terminar de discutir hoy, es un borrador en el cual se plantea la posibilidad de sancionar a Venezuela, separarlo, suspenderlo de sus participación en la OEA, para aislarlo mucho más, pero eso acompañado (porque eso sólo así no sirve de mucho) de otras medidas que tienen que ver con la congelación de los bienes producto de la corrupción, el bloqueo a actividades de los corruptos y de los violadores de derechos humanos, cese de visados etcétera, etcétera. Pero tomando en cuenta, lo dice claramente el borrador, que ninguna actividad de esas signifique causarle más sufrimiento del que el gobierno de Maduro ya le está causando a los venezolanos. No se trata de bloquear, como mentirosamente ha dicho Maduro ‘me tienen bloqueado un dinero para comprar medicinas’. ¡Mentira! Eso es falso. Pero además la resolución lo establece claramente, nada que signifique aumentar el sufrimiento de los venezolanos, sufrimiento que ha causado el régimen de Maduro (…)”.

Por esta intervención el periodista fue acusado por segunda vez de desconocimiento de las autoridades legítimas. Y también recibió las mismas amenazas de multa, cierre o proceso sancionatorio.

Tercer exhorto

El lunes 30 de julio Damián Prat denunció que llegó un nuevo exhorto de Conatel a la emisora. Con fecha del 27 de junio e identificada como el Nº DG/GGRPSC/GMSIMC/2018/1754, la comunicación establece que el día 20 de junio Prat comentó la noticia de la designación por parte de la ANC del nuevo presidente del Banco Central de Venezuela (BCV), diciendo que eso era violatorio de la Constitución Nacional, y que es ilegal, porque es una potestad de la Asamblea Nacional en conjunto con el Presidente de la República, según la ley del Banco Central.

Esta es la intervención que motivó la amenaza de Conatel: “Ayer la fraudoleyente que no tiene ninguna autoridad para nada, porque es un órgano ilegítimo, decidió en vista de que a la señora Delcy la habían mandado para la vicepresidencia, nombrar sin debate -ahí no se debate nada-, porque no hay ningún tema que se haya discutido y aprobado en esa fraudoleyente que haya significado debate. O sea, diputados opinando, diciendo, proponiendo, y vamos a ver una comisión que discuta esto, porque ya va, el otro propone, una o dos intervenciones, y lo demás: aplausos. Está todo manipulado, bueno, designaron al señor Cabello como presidente y además aprobaron un nombramiento ilegal. El del hijo de Calixto Ortega como nuevo presidente del Banco Central de Venezuela. Eso es ilegal, eso sólo lo puede hacer la Asamblea Nacional legítima”.

En este tercer exhorto también se acusó a Prat de desconocer a las autoridades legítimas de la República, y reiteraron la posibilidad de aplicar multas gravísimas a la emisora. En conversación con IPYS Venezuela, Prat dijo: “Tengo la convicción de que van a intentar cerrar la emisora, o al programa como castigo”. Pero aseguró que va a mantener su línea crítica y su agenda temática, ya que tiene el respaldo de la emisora donde labora.

Medidas fuera de la ley

El profesor de ética de la Universidad del Zulia, Jesús Urbina, indicó que los exhortos no tienen base legal. “En todo caso la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Resorteme) dispone en su capítulo de sanciones, cuatro tipos de procedimientos administrativos. La primera es cesión de espacios, la segunda pago de multa, la tercera suspensión de emisión y la cuarta la revocatoria de concesión y habilitación administrativa. En ningún lugar de la ley está prevista la emisión de exhortos. No existen en la ley. Se deduce que es una advertencia que la pueden hacer al margen de la ley, como un llamado de atención sobre el comportamiento de un determinado programa, y si no corriges la falla tendríamos que proceder a abrir un acto administrativo de tipo sancionatorio. Tampoco hay un número mínimo o máximo de exhortaciones, eso no está previsto en la ley”.

Por su parte, la periodista y profesora de la Universidad Central de Venezuela, Luisa Torrealba, coincidió con Urbina al afirmar que los exhortos no son una figura jurídica formal, que tengan un carácter vinculante. “Es una manera bonita de llamar a las amenazas. No hay nada establecido que estipule que luego de tantos exhortos vaya a pasar algo. Se supone que los procesos administrativos sancionatorios te permiten el derecho a la defensa y el debido proceso. Pero usualmente van acompañados de medidas cautelares, como salida del aire del programa o cierre de la emisora. Con lo cual la medida viola el propio espíritu del procedimiento administrativo. Son como una espada para advertir o intimidar”.

Según Torrealba también influye mucho el criterio de las oficinas regionales de Conatel. “La última modalidad que usa Conatel es que no envía los exhortos al conductor del programa, sino a la directiva de la emisora, esto para que sean los directivos quienes se conviertan en censores y así evadir la responsabilidad de Conatel en la presión y en la censura”.

Los comunicados de Conatel concluyen con varios requerimientos que llaman a la censura y autocensura, entre ellos el siguiente: “Abstenerse, a partir de la recepción de esta comunicación, de difundir mensajes cuyo contenido presente elementos como los identificados en el programa objeto del presente oficio, que inciten o promuevan el desconocimiento de autoridades legítimamente constituidas, todo ello de conformidad con los principios consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en procura de un uso corresponsable de los servicios de telecomunicaciones”.

Esta no es la primera vez en el año que Conatel toma acciones en contra de una radioemisora. El 27 de junio el organismo estatal inició dos procedimientos administrativos sancionatorios contra las estaciones radiales La Mega 107.3 FM y Líder 94.9 FM, ambas con sede en Caracas. El primero de estos conllevó a la salida del aire del programa Galanes de Radio.

IPYS Venezuela reitera su rechazo a las medidas sancionatorias que se han ejecutado en contra de espacios informativos y de opinión en el espectro radial venezolano. Estas acciones discrecionales por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones sólo constituyen un mecanismo regresivo del derecho humano a la libertad de expresión y acceso a la información en el país. (IPYS)