“Lo haremos con las personas que quieran ir allá y firmar el recurso. La idea es que la sala constitucional pueda percibir la preocupación de la población sobre lo que ocurrió en el CNE y con las elecciones”, destacó el exrector.
Los dirigentes opositores dijeron que respondieron preguntas “variadas” planteadas desde el máximo tribunal en torno al proceso electoral, pero no se les aclaró en qué consistía la interpelación.
“La Sala Electoral no puede usurpar las funciones constitucionales del Poder Electoral y certificar unos resultados que aún no han sido producidos de acuerdo con la Constitución y la ley, con acceso de los participantes a las actas originales”, recalcó.
Ali Daniels cuestiona que la Sala Electoral aceptara la solicitud de amparo cautelar de José Brito contra las primarias, cuando el diputado no participó en el proceso: “Cómo alguien ajeno al proceso de primarias puede tener la potestad para pedir su anulación”.
Los fallos ponen en evidencia que la estrategia para neutralizar e intervenir la libertad de asociación de las organizaciones gremiales y sindicales, entre otras, que el TSJ junto con el CNE han llevado adelante en las últimas dos décadas, sigue formando parte de la agenda del “nuevo” máximo juzgado.
El nuevo proceso eleccionario regional se produce a los fines de garantizar el derecho a la participación activa y pasiva de quienes acudieron a las urnas el pasado 21 de noviembre.
La decisión del TSJ se anunció la tarde del lunes 29 de noviembre cuando, en la Junta Nacional Electoral una comisión ad hoc había ya totalizado los votos de las tres actas del municipio Arismendi del estado Barinas.
Por medio de una decisión de los magistrados que conforman la Sala Electoral, de fecha 3 de diciembre, se señaló que carecen de validez “los pretendidos actos administrativos electorales”, lo que incluye la “fraudulenta convocatoria” a elecciones parlamentarias.