jueves, 28 marzo 2024
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CNP Ciudad Guayana no avala premio de periodismo Pedro Cova en municipio Piar

Samuel Paredes, secretario general del CNP Ciudad Guayana, explicó que ningún premio municipal ni regional en Venezuela posee como norma la no participación de los directivos del Colegio Nacional de Periodistas.

La junta directiva del Colegio Nacional de Periodistas, Seccional Ciudad Guayana, decidió en su última reunión no avalar la entrega del Premio de Periodismo Municipal Pedro Cova en el municipio Piar debido a que no se le permite la participación de miembros de este gremio como lo ordena la ley.

Hasta la noche de este jueves se esperó por la manifestación y sindéresis por parte de los miembros de la comisión nombrada por concejales de esa Alcaldía, pero hicieron caso omiso a los lineamientos que dieron pie a la creación de dichos premios y la sugerencia hecha de parte del CNP.

El periodista Samuel Paredes, secretario general del CNP Ciudad Guayana, explicó que ningún premio municipal ni regional en Venezuela posee como norma la no participación de los directivos del CNP, debido a que es el gremio que los agrupa y por ende, “los llamados y capacitados a evaluar a otros colegas periodistas. Pero en este municipio Piar, vieron bien, violentar esta norma al no permitir la participación directa del CNP y proceder a realizar el llamado a participar a colegas de manera unipersonal que lo convierte en írrito y por ende en total ilegalidad”.

El desconocimiento está basado en la violación flagrante de los estatutos internos, Ley del Ejercicio del Periodismo aún vigente, nuestro Código de Ética del Periodista y las normas que dieron pie a la creación de dicho galardón donde el CNP Ciudad Guayana es baluarte y quien da fe pública a los periodistas ganadores. “Al CNP Ciudad Guayana no se le permitió la participación oficial como tampoco autorizamos a ningún periodista a ejercer esta representación”, aclaró Paredes.

Esta decisión gremial implica que ningún periodista debe participar en esta convocatoria ya que podría ser pasado de inmediato al tribunal disciplinario con la debida suspensión que ello implica y el desconocimiento público.

“A todos los periodistas ubicados en la población del municipio Piar del estado Bolívar, zonas circunvecinas y a todos aquellos colegas profesionales de la comunicación social, debemos recordar que para el ejercicio del periodismo y su reconocimiento público, debe llevar intrínseco, el aval de nuestra seccional y al no avalar esta entrega es de obligatorio cumplimiento la no participación”, recalcó.

“Es de hacer notar a toda la ciudadanía, que estos premios que antes se otorgaban a tan dignos profesionales han sido paralizados desde el año 2017 debido a la alta politización del mismo, algo que jamás había ocurrido anteriormente. Y por el accionar soterrado de pretender reconocer a periodistas no graduados o no inscritos en el CNP, a difusores o aquellos que se abrogan ser periodistas sin haber pisado nunca una universidad ni logrado un título en universidad reconocida y a ello se le suma que todo periodista que desee ser reconocido debe estar solventes con su gremio al mes de junio 2023”, afirmó el directivo.

Igualmente señaló que es responsabilidad de esta junta directiva, “aclarar que nuestra área de acción como gremio de periodistas cubre desde Ciudad Guayana hasta Santa Elena de Uairén. E insistimos, fue puesto nuestro mejor esfuerzo para que se retomaran los premios municipales de periodismo en el estado Bolívar como debe ser, pero los administradores políticos han pretendido ser jueces y parte en contra del gremio. El año pasado pretendieron reconocer a personas no periodistas, este año han pretendido desconocer al gremio como tal, es una aberrante decisión”.

“El colega periodista que sea pasado a nuestro tribunal disciplinario nacional con aval del tribunal disciplinario de esta seccional, será objeto de suspensión de sus derechos como agremiado y como periodista, por ende, no podrá participar en ningún premio ya sea nacional, municipal o regional, así como no podrá participar del derecho al voto en la escogencia de las autoridades de esta seccional en concordancia con el artículo 1, 25, 33, 34, 35, 38 (ejusdem), durante el tiempo que sea incoada dicha falta”, concluyó Paredes.