jueves, 28 marzo 2024
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Opacidad del gobierno impide auditar y conocer futuro de asignaciones de minas a gobernadores

La ONG Acceso a la Justicia destaca la falta de transparencia en el procedimiento que ha usado Maduro para la adjudicación de los yacimientos de oro a gobernadores o protectores del régimen. | Foto William Urdaneta

Con miras a las elecciones del 21 de noviembre, en junio de este año una promesa de Nicolás Maduro fue la eliminación de los protectorados, una ilegal figura que implementó en aquellos estados y municipios donde la oposición resultó electoralmente favorecida para la gobernación o alcaldía.

“A partir de estas elecciones, creo que lo mejor es gane quien gane, le toque el gobierno en su estado, en su municipio. Y lo que a nosotros corresponde y a mí corresponde vamos a eliminar eso que hemos llamado el protectorado. Se acaban los protectores y protectoras por estado y municipio, para que gobierne el que gane. Gobierne y punto. Vamos a ver cómo les va. Se elimina ese protectorado“, fue la promesa de Maduro, que causó escepticismo en la oposición.

Los cuestionamientos se centraron en por qué esperar hasta el 21 de noviembre y no hacerlo inmediatamente. Dos meses después de aquella promesa, parece recular.

“Nosotros estamos en diálogo con las oposiciones. Tenemos como cuatro mesas de diálogos. Ellos pidieron como garantía política que después de las elecciones del 21 de noviembre se eliminaran los protectores. Estuve de acuerdo, pero ayer me quedé pensativo con lo que ocurre en Mérida, indicó en cadena nacional durante la jornada de miércoles productivo.

La ONG Acceso a la Justicia recuerda, además, otro detalle que parece olvidado o pasa desapercibido: la asignación de minas de oro para gobernadores y protectorados.

“Voy a proceder a entregar una mina de oro (…) en plena capacidad productiva, a cada gobernación, para la producción de recursos en divisas convertibles, para nuestro pueblo”, dijo Maduro en octubre de 2019.

Esto suponía que los gobernadores podrían disponer de los recursos que produjera el yacimiento e invertirlo en las necesidades de sus estados. La oferta quedaba sin efecto para los estados Táchira, Mérida, Anzoátegui y Nueva Esparta, por ser gobernados por la oposición.

La Asamblea Nacional electa en 2015 se negó a esto y mediante acuerdo parlamentario determinó que el Ejecutivo nacional “no podrá otorgar concesiones mineras por tiempo indefinido, y en ese sentido, la ley de asignaciones especiales, que ha sido dejada a un lado por el gobierno usurpador, debió establecer, como se hizo en el pasado, un sistema de asignaciones económicas especiales en beneficio de los estados, en cuyo territorio se encuentren situadas las minas, sin perjuicio de que también puedan establecerse asignaciones especiales en beneficio de otros estados”.

Acceso a la Justicia recuerda que la medida de Maduro también fue denunciada por la Sociedad Venezolana de Ingenieros de Minas y Metalúrgicos, por ser ilegal y afectar la seguridad, el ambiente y la población indígena.

Acceso a la Justicia señala que la adjudicación de minas obedece a una política gubernamental que busca “echar mano de los recursos naturales del país y dividirlos entre acólitos”

Opacidad en la asignación

La ONG hace hincapié en que “hasta ahora se desconoce el procedimiento que ha usado el gobierno de Maduro para la adjudicación de los yacimientos o minas de oro del país a las gobernaciones y los protectorados, así como a otras entidades públicas o privadas”.

La poca información es que se lleva a cabo en ejecución del Plan Minero Tricolor, un proyecto que anunció en junio de 2019 en el marco del Arco Minero del Orinoco, y sobre la que ha regido la más absoluta opacidad al no publicarse cifras e información sobre las actividades realizadas, especialmente respecto a la extracción del oro y otros minerales, así como tampoco sobre los recursos obtenidos de esas operaciones y las empresas asociadas e instaladas en ese ámbito, destacó la organización.

Es de recordar que mediante decreto 2.248 del 24 de febrero del 2016, inconstitucionalmente se creó la zona del Arco Minero del Orinoco (AMO), para la explotación de bauxita, diamantes, oro y hierro, entre otros minerales.

“Desde entonces existe un control y dominio absolutos sobre el área delimitada a través de concesiones, impuestos, exportaciones, regalías, hasta tal punto que en 2020 la alta comisionada para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Michelle Bachelet, denunció los serios abusos y violaciones de derechos humanos en el AMO al presentar su informe ante el Consejo de Derechos Humanos del organismo”, resaltó Acceso a la Justicia.

En el informe también se denunció que “niños, algunos menores de 10 años, trabajaban en las minas, y que desde 2016 ha habido en la zona un fuerte aumento de la prostitución y la explotación sexual de mujeres, incluyendo adolescentes, más allá del control que ejercen los grupos delictivos o elementos armados”.

Para Acceso a la Justicia, otra de las evidencias de la falta de transparencia en la asignación de yacimientos de oro a las entidades federales es que “el Ministerio de Desarrollo Minero Ecológico, creado en 2016 a partir del nacimiento del AMO, nunca ha publicado una memoria y cuenta sobre la producción aurífera en el sur del país”.

“La asignación de una mina de oro a cada gobernación del país por cuenta propia de Maduro representa el arbitrario proceder en el manejo de los fondos públicos sin ningún control por parte de la AN”.

 

Arbitrariedades y violaciones al orden jurídico

“Existe un bloque normativo aplicable directamente a los yacimientos y minas de oro que limita y restringe inexorablemente la actuación del Ejecutivo nacional para que sean utilizados en razón de su carácter de utilidad pública e interés social, y la pretendida asignación de estos minerales a las gobernaciones y protectorados no se corresponde con estas causas”, reitera la ONG.

En ese sentido, el artículo 12 constitucional determina que los yacimientos de hidrocarburos, mineros y las costas marinas son del dominio público y, por ende, son bienes inalienables, imprescriptibles e inembargables.

“El régimen de dominio público se trata, sin duda, de una forma de limitación del poder en el manejo de estos bienes que pertenecen al Estado, evitando así que pueda haber una apropiación indebida de estos recursos. De ahí que la inalienabilidad impida que se puedan enajenar. La imprescriptibilidad permite mantenerlos al margen del tráfico jurídico privado, por lo que no pueden obtenerse mediante la prescripción adquisitiva de dominio. Por último, la inembargabilidad los protege frente a los juicios para que no puedan ser embargados”, explica Acceso a la Justicia.

Otra violación es al artículo 156, numeral 16 de la Constitución, el cual establece la reserva legal para el régimen y administración de las minas y yacimientos y, con ello, la regulación referente a las modalidades de explotación y aprovechamiento de este recurso, así como la aplicación del poder tributario en materia de fiscalización y recaudación de los tributos.

“Del mismo modo, se desconoce el artículo 302 constitucional, que consagra la figura de la reserva legal de la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico, como la minería del oro”.

También se infringe el decreto de Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás Minerales Estratégicos.

 

¿Cómo afecta a los venezolanos?

Acceso a la Justicia hace hincapié en la falta de claridad de la normativa en que se ampara la administración de Maduro para la asignación de los yacimientos y minas de oro a las gobernaciones y protectorados.

“Pareciera más bien una política gubernamental que busca echar mano de los recursos naturales del país y dividirlos entre acólitos, que se opone a la Constitución y las leyes. De hecho, solo contribuye a generar más desconfianza, entre otras razones por la falta de transparencia y la poca información pública que permite conocer su sentido y alcance”, denuncia la organización.

Además, señala que “la asignación de una mina de oro a cada gobernación del país por cuenta propia de Maduro no solo representa el arbitrario proceder en el manejo de los fondos públicos sin ningún control por parte de la AN, sino que configura una grave violación al principio de la unidad del presupuesto y, por ende, al de la unidad del tesoro, según el cual los ingresos deben ingresar en la Caja del Tesoro Nacional”. (Fuente Acceso a la Justicia)